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SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA
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COMISIÒN PERMANENTE DE HACIENDA |
ACTA No. 003-PLO-07 Fecha reunión : 5 de diciembre del 2007 Hora inicio : 10:00 a.m. Lugar :
Salón Pedro Francisco Bonó |
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Senadores participantes: 1.-
Heinz Vieluf Cabrera, vicepresidente. 2.-
Amílcar Romero, miembro. 3.-
Félix María Vásquez, miembro 4.-
César Díaz Filpo, miembro |
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Senadores ausentes con excusas: 1.-
Tommy Alberto Galán Grullón, presidente. 2.-
Francis Vargas Francisco, secretario |
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Senador ausente sin excusa: 1.-
Diego Aquino Acosta Rojas, miembro. |
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Invitados: 1.- Por la Asociación
Dominicana de Bancos Comerciales: -
José Manuel López Valdez -
Manuel González Martínez 2.- Por el Banco Central
de la República Dominicana: -
Ervin Novas -
Fabiola Herrera -
Olga Morel -
Roberto Rodríguez, por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) -
Teojiloe Regus, por la Superintendencia de Bancos - Eduardo
del Orbe, por Consorcio de Tarjetas Dominicanas (CardNet) -
Luis Marte Matos, asesor oficina senador por la provincia La Vega |
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- - -TEMAS TRATADOS- - - - - |
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INTERVENCIONES
SUSTENTADAS |
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El
senador Amílcar Romero presidió la Comisión,
en ausencia del senador Tommy Galán, quien se
encuentra de viaje al exterior del país, cumpliendo compromisos propios de
sus funciones. El senador Romero impartió instrucciones a la secretaria para
que diera lectura al proyecto que está bajo estudio. Las exposiciones de los invitados fueron iniciadas
por los representantes del Banco Central de la República Dominicana, quienes
externaron lo siguiente: |
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Fabiola
Herrera expresó que este proyecto
de ley está totalmente contemplado en la Ley Monetaria y Financiera y en la Ley
No. 358-05, Ley General de Protección del Consumidor o Usuario. Explicó más
claramente que el artículo 4 de la Ley Monetaria, está contemplado el
artículo 3 del anteproyecto y que la parte que se refiere a los contratos de
los consumidores, sólo hay que adecuarla a la ley ya vigente. Con relación a la definición de “Emisor” dada en el proyecto, afirmó
que la misma crea confusión porque difiere de la que está contenida en la Ley
Monetaria y Financiera. |
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Teogiloe Regus, informó que el Artículo 111, párrafo 3 de la
Constitución de la República contempla que la regulación del sistema bancario
de la Nación corresponderá a la entidad emisora, cuyo órgano superior será la
Junta Monetaria y dispone a la vez que queda prohibida la emisión o
circulación de papel moneda, así como de cualquier otro signo monetario no
autorizado por la Constitución, ya sea por el Estado o por cualquier otra
persona o entidad pública o privada.
En este caso, las tarjetas de crédito y débito deben estar reguladas
por las instituciones que la Junta Monetaria autorice. |
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Ervin Novas expresó
a los miembros de la Comisión, que el artículo 40, 41 y 42 de la Ley
Monetaria y Financiera plasma gran parte de proyecto y al final sólo contempla
la regulación de las Comisiones y Cargos Administrativos. La Superintendencia de Bancos publica
trimestralmente en los periódicos de mayor circulación, sus estados de cuenta
en los que incluye, las tarjetas de crédito y débito. La parte relativa al “Regulador de Pago”, ya está contemplada en la Ley Monetaria y Financiera. |
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Por su parte, José Manuel López Valdez representante de la Asociación Dominicana de Bancos Comerciales expresa que existe contradicción entre los dispuesto por el artículo 111 de la Constitución y el contenido del artículo 1 del proyecto de ley, respecto a la regulación del sistema bancario. Señaló además, que gran parte de la iniciativa está contemplada en la Ley de Protección al Consumidor, promulgada en el año 2005. Los cálculos de intereses están regulados en la resolución de la Superintendencia de Bancos. El fijar las comisiones es un absurdo, porque en la actualidad, son libres y están sujetas a los contratos firmados por las dos partes. La Superintendencia de Bancos es la responsable de fiscalizar que se cumplan las reglas en los bancos, si éstas no son cumplidas, son sancionados. |
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Teogiloe Regus presentó el artículo 22 de la Ley Monetaria y
Financiera que dispone sobre la transparencia monetaria observando que es lo
mismo que el anteproyecto de ley menciona en el capítulo 21. Lo único que la
Ley Monetaria y Financiera y el Reglamento de Protección al Consumidor no
tiene reflejado en el anteproyecto de ley es el artículo 7. |
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DECISIONES
TOMADAS |
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El senador Amílcar Romero solicitó que las opiniones sean por
escrito y a la vez ordenó realizar un informe de gestión para conocimiento
del Pleno Senatorial. |
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Acta elaborada por: |
Flérida Lara Secretaria Técnica
Legislativa: Depto. Coordinación de Comisiones |
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Acta revisada por: |
Lic. Mayra Ruiz Directora Departamento Coordinación de Comisiones |
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Hora de cierre: |
12:05 m |