INFORME QUE RINDE LA COMISIÓN PERMANENTE DE TURISMO EN TORNO AL PROYECTO DE LEY QUE INSTITUYE EL 15 DE JULIO DE CADA AÑO, DÍA DEL MERENGUE. PRESENTADO POR EL SENADOR RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA.

 

(EXPEDIENTE: 06790-2009-SLO-SE)

 

 

Historial:

 

Esta iniciativa legislativa fue depositada el 10 de septiembre de 2009, tomada en consideración el 15 de septiembre y enviada a Comisión el 16 de septiembre del mismo año.

 

Introducción:

 

En las reuniones realizadas por esta Comisión en fechas 14  y 21 de octubre del año en curso, se recibió la visita del Lic. Darío Tejeda, Director del Instituto Caribeño, Licda. Luz Del Alba Veloz, Subdirectora de Turismo Cultural de la Secretaría de Estado de Turismo, Licda. Leila J. Pérez y Pérez, Subdirectora del Museo de la Música Dominicana y el Lic. Rubén Darío Cruz Ubiera, Senador por la provincia Hato Mayor, proponente de esta importante pieza legislativa, quienes realizaron grandes aportes a la iniciativa legislativa objeto de estudio por esta Comisión.

 

A fin de aumentar los conocimientos y llegar a un consenso, la Comisión analizó los siguientes documentos:

 

·         Decreto No. 619-05, que declara el 26 de noviembre de cada año como Día Nacional del Merengue, emitido por el excelentísimo Dr. Leonel Fernández, Presidente de la República Dominicana.

·        Proyecto de Ley mediante el cual se declara el 23 de junio de cada año como “Día Nacional del Merengue”, aprobado por la Cámara de Diputados, en fecha 13 de octubre de 2009.

   

Como punto inicial, tanto la Comisión Permanente de Turismo como los invitados, coincidieron en el grado de importancia que tiene conmemorar el día nacional del merengue, ya que éste es uno de los elementos de la idiosincrasia nacional, que  representa la identidad alegre, hospitalaria, amistosa y sencilla de los dominicanos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comisión Permanente de Turismo

Expediente: 06790-2009-SLO-SE

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Además, se consideró el hecho de que desde el año 1967, la República Dominicana ha venido celebrando en el mes de julio de cada año, el Festival del Merengue, el cual es reconocido por nuestros países hermanos en conjunto con la celebración del día del merengue, convirtiéndose en un icono referencial de la ciudad de Santo Domingo como destino turístico, lo cual ha contribuido al posicionamiento de nuestra isla.

 

 

Descripción del proyecto:

 

Este proyecto busca al mismo tiempo, que tanto la ciudad de Santo Domingo, como las demás provincias del país, cuenten con una iniciativa que promueva programas culturales, que le permitan promocionarse turísticamente en el exterior y que estos eventos cuenten con el apoyo de los sectores público y privado del país.        

 

                La Comisión Permanente de Turismo consciente de la gran importancia que representa esta iniciativa legislativa y el impacto que representa a nivel internacional, ha considerado lo siguiente:

 

1)     Modificar la iniciativa objeto de estudio, para que en lo adelante el título del  mismo, se lea del siguiente modo:

 

“Ley que instituye el último sábado del mes de julio de cada año, como “Día Nacional del Merengue”.

 

2)     Eliminar el CONSIDERANDO PRIMERO, por considerar que el contenido y las fechas, no está bien sustentado y los datos son erróneos, reenumerando los demás considerandos.

 

3)     Eliminar de los CONSIDERANDOS QUINTO Y SÉPTIMO, que serán en lo adelante CONSIDERANDO CUARTO Y SEXTO, la estructura “…y Ritmos Tropicales del Caribe…, para que en lo adelante se lean como sigue a continuación:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comisión Permanente de Turismo

Expediente: 06790-2009-SLO-SE

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“CONSIDERANDO CUARTO: Que desde el año 1967, la República Dominicana ha venido celebrando en el mes de julio un Festival del  Merengue, que es reconocido por varios países hermanos y que este “Festival del Merengue” puede convertirse en el icono referencial de Santo Domingo como destino turístico, contribuyendo al posicionamiento de la isla y la creación de riquezas para los dominicanos.   

 

CONSIDERANDO SEXTO: Que la ciudad de Santo Domingo, el Distrito Nacional y las demás provincias del país, necesitan de un evento cultural y artístico que les permitan promocionarse turísticamente en el exterior como lo es el “Día del Merengue” y que este evento sea apoyado por todos los sectores públicos y privados del país.”  

 

4)     Modificar el artículo primero, para que se lea de la siguiente forma:

 

“Artículo 1: Se instituye el último sábado del mes de julio de cada año, Día del Merengue en la República Dominicana”.

 

 

5)     Modificar el artículo cuarto, para que diga:

 

“Artículo 4: La presente Ley deroga el Decreto No. 619-05, de fecha 11 de noviembre de 2005 y/o cualquier otra Ley, resolución o parte de Ley que le sea contraria”. 

 

Los demás considerandos y partes dispositivas del proyecto de ley que no ha sido mencionado en este informe se acogerán tal como fueron presentadas.  

 

Conclusión:

Por lo antes expuesto, la Comisión HA RESUELTO: rendir informe favorable  de este proyecto de ley, acogiendo las modificaciones antes citadas y solicita al Pleno Senatorial su inclusión en la Orden del Día de la próxima Sesión, para su conocimiento y aprobación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comisión Permanente de Turismo

Expediente: 06790-2009-SLO-SE

Pagina no. 4

 

 

 

POR LA COMISIÓN:

 

 

 

Francis Emilio Vargas Francisco

Presidente

 

 

 

 

Dionis A. Sánchez Carrasco                        Pedro José Alegría Soto

Vicepresidente                                                         Secretario

 

 

 

 

 

Germán Castro García                                            Félix María Vásquez Espinal

Miembro                                                                   Miembro       

 

 

 

 

 

Alejandro Leonel William Cordero              Prim Pujals Nolasco

Miembro                                                                   Miembro

 

 

 

Informe elaborado por: Novis Medrano

Departamento Coordinación de Comisiones

 21 de octubre de 2009.-