INFORME QUE RINDE LA COMISIÓN PERMANENTE
DE TURISMO EN TORNO AL PROYECTO DE LEY QUE INSTITUYE EL 15 DE JULIO DE CADA
AÑO, DÍA DEL MERENGUE. PRESENTADO POR EL SENADOR RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA.
(EXPEDIENTE: 06790-2009-SLO-SE)
Historial:
Esta iniciativa legislativa fue depositada el 10 de
septiembre de 2009, tomada en consideración el 15 de septiembre y enviada a
Comisión el 16 de septiembre del mismo año.
Introducción:
En las reuniones
realizadas por esta Comisión en fechas 14
y 21 de octubre del año en curso, se recibió la visita del Lic. Darío
Tejeda, Director del Instituto Caribeño, Licda. Luz Del Alba Veloz, Subdirectora
de Turismo Cultural de la Secretaría de Estado de Turismo, Licda. Leila J.
Pérez y Pérez, Subdirectora del Museo de la Música Dominicana y el Lic. Rubén
Darío Cruz Ubiera, Senador por la provincia Hato Mayor, proponente de esta
importante pieza legislativa, quienes realizaron grandes aportes a la iniciativa
legislativa objeto de estudio por esta Comisión.
A fin de
aumentar los conocimientos y llegar a un consenso, la Comisión analizó los
siguientes documentos:
·
Decreto No. 619-05, que declara el 26 de
noviembre de cada año como Día Nacional del Merengue, emitido por el
excelentísimo Dr. Leonel Fernández, Presidente de la República Dominicana.
·
Proyecto de Ley mediante el
cual se declara el 23 de junio de cada año como “Día Nacional del Merengue”,
aprobado por la Cámara de Diputados, en fecha 13 de octubre de 2009.
Como punto
inicial, tanto la Comisión Permanente de Turismo como los invitados, coincidieron
en el grado de importancia que tiene conmemorar el día nacional del merengue,
ya que éste es uno de los elementos de la idiosincrasia nacional, que representa la identidad alegre, hospitalaria,
amistosa y sencilla de los dominicanos.
Comisión
Permanente de Turismo
Expediente: 06790-2009-SLO-SE
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Además, se
consideró el hecho de que desde el año 1967, la República Dominicana ha venido
celebrando en el mes de julio de cada año, el Festival del Merengue, el cual es
reconocido por nuestros países hermanos en conjunto con la celebración del día
del merengue, convirtiéndose en un icono referencial de la ciudad de Santo
Domingo como destino turístico, lo cual ha contribuido al posicionamiento de
nuestra isla.
Descripción
del proyecto:
Este
proyecto busca al mismo tiempo, que tanto la ciudad de Santo Domingo, como las
demás provincias del país, cuenten con una iniciativa que promueva programas
culturales, que le permitan promocionarse turísticamente en el exterior y que
estos eventos cuenten con el apoyo de los sectores público y privado del país.
La
Comisión Permanente de Turismo consciente de la gran importancia que representa
esta iniciativa legislativa y el impacto que representa a nivel internacional,
ha considerado lo siguiente:
1) Modificar la iniciativa objeto de estudio, para que en lo adelante el título
del mismo, se lea del siguiente modo:
“Ley que instituye el último sábado del mes de julio de cada año, como “Día
Nacional del Merengue”.
2) Eliminar el CONSIDERANDO PRIMERO, por considerar que el contenido y las
fechas, no está bien sustentado y los datos son erróneos, reenumerando los
demás considerandos.
3) Eliminar de los CONSIDERANDOS QUINTO Y SÉPTIMO, que serán en lo adelante
CONSIDERANDO CUARTO Y SEXTO, la
estructura “…y Ritmos Tropicales del
Caribe…”, para que en lo adelante se lean como sigue a continuación:
Comisión
Permanente de Turismo
Expediente: 06790-2009-SLO-SE
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“CONSIDERANDO CUARTO: Que desde el año 1967, la República Dominicana ha
venido celebrando en el mes de julio un Festival del Merengue, que es reconocido por varios países
hermanos y que este “Festival del
Merengue” puede convertirse en el icono referencial de Santo Domingo
como destino turístico, contribuyendo al posicionamiento de la isla y la
creación de riquezas para los dominicanos.
CONSIDERANDO SEXTO: Que la ciudad de Santo Domingo, el Distrito Nacional
y las demás provincias del país, necesitan de un evento cultural y artístico
que les permitan promocionarse turísticamente en el exterior como lo es el “Día
del Merengue” y que este evento sea apoyado por todos los sectores públicos
y privados del país.”
4) Modificar el artículo primero, para que se lea de la siguiente forma:
“Artículo 1: Se instituye el último sábado del mes de julio de cada año,
Día del Merengue en la República Dominicana”.
5) Modificar el artículo cuarto, para que diga:
“Artículo 4: La presente Ley deroga el Decreto No. 619-05, de fecha 11
de noviembre de 2005 y/o cualquier otra Ley, resolución o parte de Ley que le
sea contraria”.
Los demás considerandos
y partes dispositivas del proyecto de ley que no ha sido mencionado en este
informe se acogerán tal como fueron presentadas.
Conclusión:
Por lo antes expuesto, la
Comisión HA RESUELTO: rendir informe
favorable de este proyecto de
ley, acogiendo las modificaciones antes citadas y solicita al Pleno Senatorial su
inclusión en la Orden del Día de la próxima Sesión, para su conocimiento y
aprobación.
Comisión
Permanente de Turismo
Expediente: 06790-2009-SLO-SE
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POR LA COMISIÓN:
Francis Emilio Vargas Francisco
Presidente
Dionis A. Sánchez Carrasco Pedro José Alegría Soto
Vicepresidente Secretario
Germán Castro García Félix
María Vásquez Espinal
Miembro Miembro
Alejandro Leonel William Cordero Prim
Pujals Nolasco
Miembro Miembro
Informe
elaborado por: Novis Medrano
Departamento
Coordinación de Comisiones
21 de octubre de 2009.-