INFORME DE
(EXPEDIENTE: 00046-2002-2006-SE)
En ese sentido, esta Comisión
solicita al Pleno Senatorial su inclusión en
“LEY QUE ELEVA A DISTRITO MUNICIPAL
PROVINCIA SAN JUAN
CONSIDERANDO: Que
la sección Las Maguanas, del municipio San Juan, provincia del mismo nombre, es
una comunidad que se ha desarrollado de manera ejemplar, reuniendo las
condiciones necesarias para ser elevada a la categoría de distrito municipal,
teniendo en la actualidad 5,125 viviendas aproximadamente y 20,000 habitantes;
CONSIDERANDO:
Que la sección Las Maguanas, posee una estructura comercial, social y cultural
que le permite cada día un mayor crecimiento, ya que exhibe un notable
intercambio comercial en sus diferentes actividades productivas, entre las que
se encuentran el cultivo de: café, yuca, plátano, maíz, batata, arroz,
habichuela, entre otros, contando con la participación de más de 6,982
productores agropecuarios, poseyendo en el área ganadera más de 40,000 cabezas
de ganado vacuno, teniendo también, crianza caprina, equina y ovina,
CONSIDERANDO:
Que la sección Las Maguanas, cuenta en la actualidad con 13 centros de
educación primaria, un liceo secundario y siete (7) centros de educación
inicial. Posee, por igual, varios lugares para practicar el béisbol y
baloncesto, así como clínica rural y botica popular. E su territorio se
encuentran varias iglesias católicas y evangélicas;
CONSIDERANDO:
Que la comunidad de Las Maguanas, por su proceso de crecimiento poblacional y
social y su auge económico, son plausibles sus aspirantes para ser elevada de
categoría jurisdiccional.
VISTA:
HA DADO
Artículo 1:
La sección Las Maguanas, perteneciente al municipio San Juan, provincia del
mismo nombre, queda elevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre
Distrito Municipal Las Maguanas-Hato Nuevo, su cabecera será el pueblo Maguana
Abajo.
Artículo 2:
El paraje Pasatiempo, perteneciente al municipio San Juan, queda erigido en
sección y pasará a formar parte del distrito municipal Las Maguanas-Hato Nuevo,
quedará integrado por los parajes: Los Santiles, Matadero, Pasatiempo Arriba y
Pasatiempo Abajo.
Artículo 3:
El paraje Higüerito, perteneciente al municipio San Juan, queda erigido en
sección y pasará a formar parte de distrito municipal Las Maguanas-Hato Nuevo,
quedará integrado por los parajes: Pozo Prieto, Loma del Chivo y Los Cerros.
Artículos 4:
El distrito municipal Las Maguanas-Hato Nuevo estará integrado por las
secciones: Pasatiempo e Higüerito con sus respectivos parajes; Dormidero, con
sus parajes:
Artículo 5:
Los límites territoriales del distrito municipal Las Maguanas-Hato Nuevo son
los siguientes:
Al Norte : distrito municipal
Sabaneta
Al Sur : municipio Juan de
Herrera
Al Este :
Cordillera Central
Al Oeste : Río San Juan
Artículo 6:
Artículo 7:
Se modifica
Artículo 8:
La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.”
POR
CESAR A. DIAZ FILPO PEDRO A. LUNA SANTOS
VICENTE
CASTILLO
GERMAN CASTRO GARCIA
ANIBAL GARCIA
DUVERGE DAGOBERTO RODRIGUEZ
Vocal Vocal
20 de julio de 2005
mch.-