Pre-informe técnico del proyecto de ley
que modifica el artículo 46, de la ley 3455
de Organización Municipal, disponiendo que
los presidentes de Juntas Municipales sean
electos en las Elecciones Congresionales
y
Municipales. Expediente 03328-2007-plo-se
A:
SENADOR FÉLIX MARÍA NOVA PAULINO
Presidente de
de Desarrollo Municipal y Organizaciones
No Gubernamentales y demás
Miembros de la misma.
Vía: Lic. MAYRA RUIZ DE ASTWOOD
Directora de Comisiones.
De:
Lic. SANDRA
CASTILLO
Coordinadora técnica.
Asunto:
Evaluación técnico procesal
Este proyecto de ley modifica el artículo 46, de la ley 3455, de Organización Municipal, disponiendo que los presidentes de Juntas Municipales sean electos en las Elecciones Congresionales y Municipales.
Esta descentralización contribuye a una mejor distribución de los recursos, aumentando el poder local para que cada municipio pueda decidir, administrar y ejecutar su presupuesto según las necesidades, eficientizando los servicios municipales y generando mayor participación de los munícipes.
Introducido por el senador Dionis Alfonso Sánchez Carrasco.
Depositado el 11/12/2006. En agenda para tomar en consideración el 19/04/2007. Tomada en consideración el 19/4/2007. Enviado a comisión el 19/4/2007
Toca las siguientes disposiciones legales:
a) Constitución
de
b) Ley No. 3455 de Organización Municipal
c) Ley sobre Árbitrios Municipales
d) Ley 17 del 15 de enero de 1997
e) Ley No. 166, del 6 de octubre del 2003
f) Ley No. 140 del 24 de junio de 1983
g) Ley 275-97, Ley Electoral
DESMONTE LEGAL
Después de haber analizado el
presente proyecto de ley hemos, observado lo siguiente:
Al revisar
Y que por otro lado, de no ponerse
de acuerdo las partes políticas involucradas el Poder Ejecutivo, por medio al
artículo 55 de
Este proyecto de
ley también plantea que el presidente de
RESUMEN DEL PROYECTO.
El objeto de la presente iniciativa es que sean
electos los comisionarios y presidentes de juntas municipales por cuatro años,
por el voto directo, para una mayor participación de los munícipes en el
quehacer cotidiano de sus respectivas localidades.
El senador del Partido de
En ese sentido, se precisa que “el marco jurídico municipal debe responder a los nuevos estamentos de modernización y progreso, y no a la anarquía que cada cuatro años protagonizan las salas capitulares cuando de elección de Junta se trata, y dejar definitivamente resuelto ese problema por la vía del voto directo” ya que la descentralización de los servicios municipales produce mejor eficacia en la distribución de los recursos en beneficios de los ciudadanos.
CUADRO COMPARATIVO LEY No. 3455 DE ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Y
MODIFICACIONES PROPUESTAS.-
LEY 3455 MODIFICACÍON PROPUESTA
-Art. 46. Para
cada Distrito Municipal el ayuntamiento correspondiente nombrará una junta
Municipal compuesta de un jefe de Distrito, quien le presidirá y ejercerá las
funciones de Síndico, y dos vocales. Habrá además un secretario y un
Tesorero. Párrafo1: Para ser miembro de una
Junta Municipal se requieren las mismas cualidades que para ser regidor. |
Art. 46. Los presidentes de Juntas municipales y los
comisarios serán elegidos en las elecciones congresionales
y municipales por voto directo y por cuatro años; de los ciudadanos inscritos
en ese Distrito Municipal. Párrafo1: Los
candidatos a presidentes de juntas Municipales estarán inscrito en las
boletas; correspondientes al padrón electoral de ese Distrito |
Después de haber
realizado un análisis del proyecto ENTENDEMOS,
que el mismo no contraviene con la constitución, jerarquía y las normas de
nuestro país puesto que defiende la persona y dignidad humana y todos sus
derechos fundamentales. Sin embargo la realidad nos muestra cotidianamente y de
manera masiva como las situaciones fácticas chocan contra el ideal normativo y
es allí donde los legisladores tienen la gran misión de establecer normas que
permitan disminuir las injusticias.
OPINIÓN PERSONAL.
Entendemos que la finalidad principal del Estado es la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos;
La libertad y la igualdad son valores absolutos y abstractos que todo
legislador necesita sopesar en un momento de la historia para construir normas
y políticas públicas que permitan una mayor justicia y ética en las relaciones
sociales
Este proyecto de ley busca simplificar las labores de los ciudadanos y una mayor participación de los munícipes para que estos puedan aportar más a las ayudas de los ciudadanos. El Estado a su vez debe supervisar y normar en función de que las relaciones entre los ciudadanos y la de éstos con el Estado sean las mas justas y equitativas posibles.
Es así como fortaleceremos la moral pública de
nuestro pueblo y aquí tenemos que recordar el famoso pensamiento del libertador
Bolivar cuando dice que “la destrucción de la moral
pública causa bien pronto la disolución del Estado”.
En síntesis no existe verdadera libertad sin un componente de igualdad pero
éstas deben estar siempre enmarcadas en la construcción de una moral que
dignifique la sociedad.
y sobre todo que cada proyecto de ley no defienda
intereses sino mas bien contribuya al fortalecimiento de nuestro país emanado
de la mas elemental noción de democracia
CORDINADORA TECNICA
S/C
Aspectos |
Esenciales |
Deseables |
Académicos |
1.
Urbanista, Arquitecto/a,
Politólogo/a o áreas afines |
18. Maestría
en gestión/planificación urbana/municipal, desarrollo local, ordenamiento
territorial |
Experiencia relevante |
2. Mínimo
de tres años de experiencia en gestión o formulación de planes estratégicos,
bajo el esquema de articulación gobierno local y sociedad civil 3. Experiencia
en formulación de planes de ordenamiento territorial 4. Experiencia
de trabajo con Ayuntamientos o redes de Ayuntamientos 5. Experiencia
en diseño y formulación de proyectos 6. Participación
en procesos de articulación de la sociedad civil y gobierno local |
19. Experiencia
de trabajo en América Latina o El Caribe 20. Experiencia
de trabajo en zonas fronterizas |
Conocimientos y habilidades |
7. Manejo
de técnicas de negociación y gestión de conflictos 8. Habilidad
para aplicar la matriz del Marco Lógico, el análisis FODA y diagnóstico
social 9. Dominio
sobre la construcción de agendas municipales 10. Conocimientos
de herramientas para abordar e insertar el enfoque de género en los trabajos
desarrollados 11. Capacidad
de trabajo en equipo y de mantener excelentes relaciones interpersonales 12. Conocimientos
sobre el diseño de términos de referencia para apoyar la contratación de
personal técnico 13. Manejo
de programas informáticos tipos Word, Excel, PowerPoint, además de Internet y
de programas de cartografía. 14. Dominio
del idioma español (hablado y escrito) |
21. Capacidad
de negociación en ambiente de alta conflictividad 22. Capacidad
para influir sobre actores con poder de decisión 23.
Dominio
del francés y/o créole haitiano 24. Conocimientos
sobre procesos de descentralización 25. Conocimientos sobre organización y gestión de
mercados comerciales. 26. Dominio
de tema sobre medio ambiente |
Otros |
15. Compromiso
solidario 16. Disponibilidad
para trabajar en horario fuera de oficina y/o fines de semana 17. Disponibilidad
para trabajar en zonas lejanas de grandes ciudades y centros urbanos |
27. Disponibilidad
para desplazarse frecuentemente 28. Licencia
de conducir motocicleta |