Pre-informe técnico proyecto de ley que regula

Las relaciones contractuales entre personas y  

Entidades dedicadas a la práctica de Béisbol  

Profesional

Expediente 03117-2007-plo-se

 

A:                                                                Senador Charles Mariotti                         

                                                                    Presidente  de la Comisión

                                                                    Permanente de Deporte  y                                                                                                                                                                     

                                                                    demás miembros

 

Vía                                                              Lic. Mayra Ruiz de Atswood     

                                                                   Directora  Departamento de                                                                  

                                                                   Coordinación de Comisiones

                                                                   

                                                                   Lic. SANDRA CASTILLO

                                                                   Coordinadora técnica.

 

Asunto                                                         Evaluación técnico procesal

del proyecto de ley N0.                                                 03117-2007-plo-se

 

La práctica del béisbol profesional en las diferentes regiones del país donde se encuentran los equipos tienen franquicias de béisbol profesional. Esta actividad se ha convertido en una verdadera industria de divisas y en fuentes permanente de empleo para la población dominicana.

Sin embargo en la actualidad no existe en el país una norma jurídica que regule las relaciones entre el jugador y la franquicia de béisbol profesional de manera que los jugadores profesionales ya retirados no cuentan con la oportunidad de adquirir  un medio de sana formación y una fuente de ingresos después de haber culminado su ciclo deportivo.

 

Este proyecto de Ley busca  regular las relaciones contractuales entre personas y entidades dedicadas a la práctica del BEISBOL profesional,

El mismo fue depositado el 2/03/2007. En  Agenda  13/3/2007. Tomado en consideración el 13/3/2007. Enviado a Comisión el 14/3/2007.

 

 

Toca las siguientes disposiciones legales:

    Constitución de la República Dominicana

                                El Código Civil Dominicano

 

                                 Ley No. 356-05, Ley General de Deporte

 

 

 

 

 

                                                                   

 

 

ESTADISTICAS.-


El beisbol es un deporte muy interesante que se practica a nivel mundial, conocido como el Rey de los Deportes desde hace mucho tiempo.

Cuenta con una rica historia y momentos trascendentales, pero sobre todo se manejan interesantes estadísticas que propician una expectativa constante tanto entre los seguidores del juego como en los participantes que se trazan metas sobre el diamante.

El pelotero americano-dominicano Alex Rodríguez  firmo un contrato con los Texas Rangers, por un término de 10 años y 252 millones de dólares, o cuando Manny Ramírez, otro pelotero de descendencia dominicana y nacido en Nueva York, firmó con los Medias Rojas de Boston un contrato multimillonario, que le daba un ingreso promedio de 20 millones de dólares anuales, por un período de 8 años.

Estas cifras fantásticas y muchas más nos indican que nuestros jóvenes atletas pueden aspirar a ganar elevadas sumas de dinero, poniendo todo su empeño y ajustándose a una disciplina férrea que les permita un rendimiento que justifique su eventual ascenso a las Ligas Mayores de Béisbol y aspiren a un contrato millonario. Y considerando que es  interés del Estado Dominicano garantizar proteger y fomentar la formación de jugadores y personal capacitado en el área de BEISBOL profesional Lo interesante es conocer el proceso, muy sacrificado a veces, por el cual pasa el pelotero, antes de llegar a su meta final, que es jugar en las grandes ligas.

Los equipos de Grandes Ligas tienen en diferentes áreas geográficas funcionarios, que en inglés les llaman "scouts" y en español algunos los llaman "escuchas" o "cazadores de talento". Estos individuos son los que frecuentan los estadios y parques de pelota, en busca de futuros jugadores profesionales, y si encuentran que llenan sus especificaciones, les ofrecen contratos a nombre de sus organizaciones, para iniciarse en los quehaceres del béisbol.

 

 

 

DESMONTE LEGAL

 Después de haber analizado el presente proyecto de ley hemos, observado lo siguiente:

PRIMERO: Que el objeto de la presente iniciativa es Regular las relaciones contractuales entre personas y entidades dedicadas a la práctica del béisbol profesional.

SEGUNDO: La Constitución  conoce como finalidad del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social, compatible con el orden publico, el bienestar general y los derechos de todos.

TERCERO: Asimismo, debemos destacar que en nuestro ordenamiento jurídico existe la Ley No. 356-05, Ley General de Deporte la cual nos garantiza dentro de su naturaleza una actividad perfectible que obliga a sus entes actores y protagonistas a superarse permanentemente en un cuadro de desarrollo deportivo nacional.

 

En el artículo 75, la misma ley nos explica que la actividades deportivas profesionales deberán contribuir al fomento y desarrollo del deporte aficionado, a través de una entidad que rija dicha disciplina en la demarcación en que se realice. A fin de compensar esa actividad, en el PARRAFO 11 del mismo artículo sobre la organización profesional que contrate o firme un deportista aficionado se establece que esta deberá entregar una copia del contrato aprobado, de acuerdo a las regulaciones internas de la organización profesional .En el PARRAFO VIII del mismo artículo se dispone que los contratos firmados en territorio dominicano entre un deportista aficionado o tutores y una organización deportiva profesional, programa, escuela, liga, academia, entidades similares o persona física que realiza actividades con fines pecuniarios deben realizarse a traves de la oficina del profesional dominicano de la disciplina correspondiente

 

CUARTO.- La Ley No. 356-05, Ley general de Deporte, en su artículo 3 nos dice que todo ciudadano tiene derecho a recibir los beneficios de las prácticas del deporte y la recreación, sin ningún tipo de discriminación social, económica, religiosa, política;  también, en el artículo 4  de esta ley se expresa que el Estado estará obligado a prestar asistencia, cooperación y la protección necesaria para el desarrollo de las actividades deportivas, adaptadas y afines.

 

Después  de lo analizado y expresado en cuanto al aspecto legal, consideramos que este proyecto de ley cumple con las reglamentaciones de ley y de derecho, tocando las disposiciones legales correspondientes.

                                

                                

                        

 

                           

 

 

 

DESGLOSE DEL TEMA

 

Para adentrarnos en el concepto del deporte Profesional, comenzaremos por conocer la definición del deporte contemplada en la Ley General del Deporte: Franquicia y sus características y el contrato de locaciòn

 

DEPORTE: Es la actividad y ejercicios físicos, individuales o de conjunto, que con fines competitivos o recreativos se sujeten a reglas previamente establecidas y coadyuven a la formación integral de las personas y al desarrollo armónico y conservación de sus facultades físicas y mentales”,

 

¿QUE ES UNA FRANQUICIA?

 

Las franquicias, concesiones o licencias, es un acuerdo contractual mediante el cual una compañía matriz (franquiciadora) le concede a una pequeña compañía a un individuo (franquiciador) el derecho de hacer negocios en condiciones específicas.

Lo dicho anteriormente, nos permite resumir de forma simple, que un franquiciador tiene el derecho de nombre o de marca registrada y le vende el derecho a un franquiciado; conociendo esto como licencia de producto.

 

CONTRATO DE LOCACION.

 

Hay dos clases de contrato de locacion  el de la cosa y el de obra

El contrato de cosas es un contrato por el cual una de las partes se obliga a dejar gozar a la otra una cosa durante cierto tiempo y por un precio determinado que esta se obliga a pagarle.

 

Contrato locacion de obra es un contrato por el cual una de las partes se obliga a hacer una cosa por la otra, mediante un precio convenido entre ellas en el caso QUE NOS OCUPA como podemos significar el contrato de locacion que utilizaremos es el contrato de locacion de obra.

 

Una época en que todo es negocio y dinero, en el béisbol de las Ligas Mayores ya son cotidianos los contratos que les otorgan a las franquicias para poner en manos los peloteros de grandes ligas sus mayores prospectos.

 

Es Por ello, en la globalización de las compañías, los escenarios de béisbol no se han quedado atrás y firman contratos con estas empresas por sumas millonarias, solamente por los beneficios que les proporciona ser firmados por una liga profesional extranjera

 

 

 

 

 

 

DIAGNOSTICO

Fortalezas

 

v     Calidad de los profesionales del béisbol

v     Contribuir a la organización del deporte  nacional por excelencia

v     Crear nuevas fuentes de divisas para el país

v     Garantizar el establecimiento de instalaciones dirigidas a la formación de jugadores.

v     Promover en nuestro país el deporte

 

Oportunidades

 

v     Regular el convenio entre los jugadores y las franquicias.

v     Nueva visión de los contratos para regular el beneficio mutuo.

v     Identificación de la naturaleza jurídica del contrato.

v     Asiento del béisbol profesional en el país.

 

 

Debilidades

 

v     La retribución recibida por los profesionales del béisbol corresponde a los meses de temporada de juegos, y en la propuesta se menciona pero no se define si será cambiada esta práctica.

v     Poco incentivo para las franquicias.

v     No existe presupuesto para identificar las ganancias de las partes.

v     Falta de visión de parte de las franquicias y entidades autorizadas

v      Falta de criterio unificado para explicar las normas privadas de carácter especial.

v     La masificación de peloteros sin ninguna restricción.

v     No se identifican las sanciones a los jugadores y franquicias  por incumplimiento del convenio

v     Falta supervisión y seguimiento

 

 

 

 

 

OPINIÓN PERSONAL

 

 

El béisbol es un deporte emocionante, dinámico e interesante.

Se dice que es derivado de los deportes ingleses rounders y criquet, teniendo su origen en los Estados Unidos de Norteamérica.

 

La afición al deporte la llevan en la sangre millones de jóvenes que sueñan con ser grandes peloteros y multiplicar su dinero firman contratos con desesperación a franquicias que no están debidamente organizadas y no pretejen al pelotero. El béisbol es su símbolo alcanzar el éxito su pasión. 

 

Las relaciones contractuales entre personas y entidades dedicadas a la practica del béisbol profesional es una misión histórica las nuevas modalidades no cambia el desarrollo de los jóvenes y su interés por ser grandes peloteros. Este proyecto busca proteger esos sueños y garantizarles a ellos que esas franquicias extranjeras serán justas a la hora de cumplir con lo pactado en el contrato de locacion.

 

Todo aquello que contribuya a beneficiar a nuestros jóvenes atletas es de gran beneficios no solo para ellos sino también para el país quienes somos los más beneficiados.

 

Sin lugar a dudas, el béisbol profesional se enriquece con este proyecto de ley en sus diferentes facetas.

 

 
Sandra Castillo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Hombros en el pasar por la vida. Nos preocupamos por tratar de realizar sueños o metas que no están dentro del plan Divino y nos frustramos, nuestras debilidades como seres humanos controlan nuestras emociones y nos dominan. Pero en el Plan de Dios para con cada ser humano es algo definido, sólo hay que tener fe, confiar y esperar.

Una época en que todo es negocio y dinero, en el béisbol de las Ligas Mayores ya son cotidianos los contratos que les otorgan a las franquicias para poner en manos los peloteros de grandes ligas sus mayores prospectos.

 

í es. Por ello, en la globalización de las compañías, los escenarios de béisbol no se han quedado atrás y firman contratos con estas empresas por sumas millonarias, solamente por los beneficios que les proporciona ser firmados por una liga profesional extranjera