Pre-informe
técnico del Tratado de
Creación
del Consejo Iberoamericano
del
deporte, del 4 de agosto del 1994
Expediente 00645-2005-SLO-SE
A:
SENADOR CHARLES
MARIOTTI TAPIA
Presidente de
de Deportes, y demás
miembros de la misma.
Vía:
Lic. MAYRA RUIZ DE ASTWOOD
Directora de Comisiones.
De:
Lic. SANDRA
CASTILLO
Coordinadora técnica.
Asunto:
Evaluación técnico procesal.
Tratado que crea el Consejo Iberoamericano del Deporte,
del 4 de agosto del 1994 para los fines de ratificación.
Su objetivo
principal es el desarrollo del deporte en los países de Iberoamérica por medio
de la cooperación y el establecimiento de mecanismos de acción común en la
materia y su aprobación reviste particular importancia, en virtud de que
contribuirá a impulsar, desarrollar y consolidar las actividades deportivas en el
país.
Introducido por el Poder Ejecutivo.
Depositado el 22/09/2005. En agenda para tomar en
consideración el 4/10/2005. Tomado en consideración el 4/10/2005. Enviado a Comisión
el 6/10/2005.
Toca la siguiente disposición legal:
a)
Constitución
de
Pre-informe técnico del tratado de
Creación del consejo iberoamericano
Del deporte, del 4 de agosto del 1994
Expediente 00645-2005-SLO-SE
DESMONTE LEGAL
Después de haber
analizado el citado Tratado, hemos observado lo siguiente:
Este Tratado tiene por objeto promover el intercambio
de recursos humanos y técnicos en el campo de la capacitación y el mejoramiento
del nivel deportivo, así como fomentar el desarrollo y la armonización de los
marcos jurídicos e institucionales del deporte.
El Consejo Iberoamericano del Deporte tiene
personalidad jurídica propia para celebrar toda clase de actos y contratos
permitidos por las leyes e intervenir en toda acción judicial o administrativa
en defensa de sus intereses.
Podrán ser miembros del Consejo Iberoamericano del
Deporte, los Estados Iberoamericanos que ratifiquen o se adhieran a sus
estatutos
Los objetivos
del Consejo Iberoamericano del Deporte son entre otros, propiciar el desarrollo
del deporte en los países de Iberoamérica, a través de la cooperación y el
establecimiento de mecanismos de acción común en materia deportiva, impulsar la
colaboración con otras organizaciones deportivas internacionales así como
redactar y poner en práctica
La calidad de
miembro del Consejo Iberoamericano del Deporte se adquirirá cuando los Estados Iberoamericanos
lo ratifiquen o se adhieran a sus Estatutos, de conformidad con
los artículos 32 y 33, los que establecen que aquellos entrarán en vigor
treinta días después que tres Estados hayan ratificado o adherido mediante el
depósito del instrumento correspondiente. Para los restantes, el Estatuto
entrará en vigor a partir de la fecha en que realicen el depósito.
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Creación del consejo iberoamericano
Del deporte, del 4 de agosto del 1994
Expediente 00645-2005-SLO-SE
Los órganos del Consejo Iberoamericano del Deporte son:
- Asamblea
General,
- Presidente,
-
Vicepresidente,
- Delegados
Regionales,
- Secretariado
Ejecutivo,
- Comisiones
de Trabajo.
El máximo
órgano representativo es
El artículo 27
establece que el Presupuesto tendrá carácter anual, será elaborado por el Secretario
Ejecutivo que lo someterá a la aprobación de
En la medida
que no menoscaben la independencia del sean incompatibles con sus fines.
La sede se
establecerá en su primera Asamblea General y deberá corresponder al país sede
del Presidente del mismo, por acuerdo de la misma organización podrá
trasladarse la sede del Consejo a cualquier país de los Estados miembros.
El artículo 31
establece que se disolverá cuando por cualquier causa exista una imposibilidad
manifiesta de cumplir los objetivos para los que fue creado, requiriéndose a
tales efectos el voto favorable de las tres cuartas partes de
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Creación del consejo iberoamericano
Del deporte, del 4 de agosto del 1994
Expediente 00645-2005-SLO-SE
DE LAS REGIONES Y LOS
DELEGADOS REGIONALES
REGIONES
Para efectos del CID, se establecen como regiones
las siguientes:
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Por los
fundamentos expuestos, se estima de singular importancia la entrada en vigor
del presente instrumento jurídico internacional.
Apreciación de
A cuatro años de su fundación, el Consejo Iberoamericano del Deporte (CID)
ha cumplido ya, con éxito, una primera fase de constitución y posicionamiento.
Desde el 26 de diciembre de 1996 es un organismo internacional.
Se han realizado cinco asambleas generales ordinarias y
una asamblea general extraordinaria. Un
total de cinco Estados han adherido al Tratado que lo creó y varios otros se encuentran
realizando los trámites en sus respectivas Cancillerías o en los Congresos
Nacionales.
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Creación del consejo iberoamericano
Del deporte, del 4 de agosto del 1994
Expediente 00645-2005-SLO-SE
OPINIÓN PERSONAL.
El deporte se
ha convertido de un fenómeno social a un fenómeno cultural de masas más
importante de este siglo, que puede ser practicado por los individuos sin
distinción de color, raza, sexo o clase social, para cumplir con el respeto
universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales del hombre;
Esta propuesta refleja también el interés por lograr que los
Organismos Gubernamentales del Deporte ejerzan, dentro de cada país, un
liderazgo positivo en cuanto a señalar la dirección de los cambios que permitan
a los respectivos Gobiernos presten mejores servicios a sus ciudadanos
El deporte
representa una actividad social y
cultural de importancia para los países que se constituyen como medio de
desarrollo de la cooperación pacífica entre las naciones iberoamericanas.
Entendemos
que este tratado contribuye a capacitación y el mejoramiento del nivel
deportivo de los pueblos .
RESUMEN DEL TRATADO
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Aspectos Esenciales del Tratado |
problemática |
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a) EL CID tiene
personalidad jurídica propia y capacidad para celebrar toda clase de actos y
contratos permitidos por las leyes e intervenir en toda acción judicial o
administrativa en defensa de sus intereses. Es un foro permanente de organismos gubernamentales del deporte de Iberoamérica. b) Es una instancia eficaz de coordinación para la transferencia de información y tecnología. c) Opera como una instancia generadora de marcos de referencia para la acción gubernamental en el deporte. d) Constituye una instancia de apoyo e incentivo de iniciativas conjuntas. e) Funciona como una instancia facilitadora de relaciones y alianzas estratégicas entre los organismos gubernamentales deportivos de los estados miembros y organizaciones privadas para impulsar el deporte. |
a) Proceso de posicionamiento lento y discontinuo. b) Poca claridad y consenso en la visión c) Periódica rotación de sus miembros d) Muchos Estados Iberoamericanos todavía no aprecian la utilidad del Organismo. e) Dificultades en Estados Miembros para estructurar sus necesidades de cooperación y falta de difusión de actividades realizadas entre ellos. |
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Países conforman el tratado |
1.
1.-Argentina, 2.
Nicaragua, 3.
Panamá, 4.
Paraguay, 5.
Perú, 6.
Puerto Rico 7.
República
Dominicana, 8.
Uruguay 9.
Venezuela 10. México 11. Perú, 12. Puerto Rico 13. República Dominicana, 14. Uruguay 15. Venezuela 16. Paraguay, 17. Bolivia, 18. Colombia, 19. Costa Rica, 20. Chile, 21. Ecuador, 22. El Salvador, 23. España, 24. Guatemala, 25. Honduras, 26. México, 27. Nicaragua, 28. Panamá, 29. Paraguay, PAISES QUE HAN
FIRMADO EL TRATADO.- Argentina Livio
e. Forneris .viii.94 Chile Julio
riutort Barrenechea 4.viii.94 Salvador Jose
a. Guandique escobar 4.viii.94 España Jose
l. blanco 4.viii.94 Mexico Jaul
Gonzales rodriguez 4.viii.94 Paraguay Luis
m. Zubizarreta z. 4.viii.94 Uruguay Juan
c. Paullier muñoz 4.viii.94 |
LOS MIEMBROS Podrán
ser miembros del Consejo Iberoamericanos del Deporte, los Estados Iberoamericanos
que ratifiquen o se adhieran a sus Estatutos. IDIOMA A UTILIZAR.- Los idiomas oficiales del CID
son el Español y el Portugués PRESUPUESTO 1. El
presupuesto del CID tendrá carácter anual y será aprobado por 2. El
Secretario Ejecutivo elaborará el presupuesto, lo someterá a la aprobación de
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Fortalezas del tratado |
FORTALEZAS a) Grupo de estados miembros con decisión política
de participar y cooperar con permanencia en el tiempo. b) Situarse en . c) Gestión de Convenios Bilaterales exitosos en
marcha. d) Comunidad de idiomas, de orígenes, de historia ,
de costumbres de los estados miembros |
LOCALIZACION 1. La sede del CID se establecerá en su primera Asamblea General y
deberá corresponder al país sede del Presidente del mismo, por acuerdo de la
misma organización podrá trasladarse la sede del Consejo a cualquier país de
los estados miembros. 2. El
Secretario del CID se establecerá en
la sede del mismo. |