Pre-informe técnico del Tratado de

Creación del Consejo Iberoamericano   

del deporte, del 4 de agosto del 1994  

Expediente 00645-2005-SLO-SE

 

 

A:                                                                SENADOR CHARLES MARIOTTI TAPIA

                                                                    Presidente de la Comisión

                                                                    de  Deportes, y demás

                                                                    miembros de la misma.

 

Vía:                                                              Lic. MAYRA RUIZ DE ASTWOOD

                                                                    Directora de Comisiones.

De:                                                               

                                                                    Lic. SANDRA CASTILLO

                                                                    Coordinadora técnica.

 

Asunto:                                                      Evaluación técnico procesal.

                                                                   

 

Tratado que crea el Consejo Iberoamericano del Deporte, del 4 de agosto del 1994 para los fines de ratificación.  

Su objetivo principal es el desarrollo del deporte en los países de Iberoamérica por medio de la cooperación y el establecimiento de mecanismos de acción común en la materia y su aprobación reviste particular importancia, en virtud de que contribuirá a impulsar, desarrollar y consolidar las actividades deportivas en el país.

Introducido por el Poder Ejecutivo.

Depositado el 22/09/2005. En agenda para tomar en consideración el 4/10/2005. Tomado en consideración el 4/10/2005. Enviado a Comisión el 6/10/2005.

 

 

Toca la siguiente disposición legal:

 

a)     Constitución de la República Dominicana

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Pre-informe técnico del tratado de

Creación del consejo iberoamericano  

Del deporte, del 4 de agosto del 1994 

Expediente 00645-2005-SLO-SE

 

 

DESMONTE LEGAL

                       

Después de haber analizado el citado Tratado, hemos observado lo siguiente:

 

La Constitución de la República Dominicana, dentro de las atribuciones del presidente establece en el inciso No. 6 del Artículo 55, lo siguiente: “Presidir todos los actos solemnes de la nación, dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las naciones extranjeras u organismos internacionales, debiendo someterlo a la aprobación del Congreso, sin lo cual no tendrán validez” 

 

Este Tratado tiene por objeto promover el intercambio de recursos humanos y técnicos en el campo de la capacitación y el mejoramiento del nivel deportivo, así como fomentar el desarrollo y la armonización de los marcos jurídicos e institucionales del deporte.

 

El Consejo Iberoamericano del Deporte tiene personalidad jurídica propia para celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por las leyes e intervenir en toda acción judicial o administrativa en defensa de sus intereses.

 

Podrán ser miembros del Consejo Iberoamericano del Deporte, los Estados Iberoamericanos que ratifiquen o se adhieran a sus estatutos

 

Los objetivos del Consejo Iberoamericano del Deporte son entre otros, propiciar el desarrollo del deporte en los países de Iberoamérica, a través de la cooperación y el establecimiento de mecanismos de acción común en materia deportiva, impulsar la colaboración con otras organizaciones deportivas internacionales así como redactar y poner en práctica la Carta Iberoamericana del Deporte.

 

La calidad de miembro del Consejo Iberoamericano del Deporte se adquirirá cuando los Estados Iberoamericanos lo  ratifiquen o se  adhieran a sus Estatutos, de conformidad con los artículos 32 y 33, los que establecen que aquellos entrarán en vigor treinta días después que tres Estados hayan ratificado o adherido mediante el depósito del instrumento correspondiente. Para los restantes, el Estatuto entrará en vigor a partir de la fecha en que realicen el depósito.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Pre-informe técnico del tratado de

Creación del consejo iberoamericano  

Del deporte, del 4 de agosto del 1994 

Expediente 00645-2005-SLO-SE

 

 

 

Los órganos del Consejo Iberoamericano del Deporte son:

 

- Asamblea General,

- Presidente,

- Vicepresidente,

- Delegados Regionales,

- Secretariado Ejecutivo,

- Comisiones de Trabajo.

 

El máximo órgano representativo es la Asamblea General, a cual está integrada por todos sus miembros, cada delegación estará compuesta por un máximo de tres delegados de lo cuales, uno ostentará un voto.

 

El artículo 27 establece que el Presupuesto tendrá carácter anual, será elaborado por el Secretario Ejecutivo que lo someterá a la aprobación de la Asamblea y lo ejecutará bajo la supervisión del Presidente. El artículo 28 dispone que sean recursos económicos las aportaciones que en concepto de cuotas le otorguen sus Miembros, las donaciones provenientes de personas físicas o jurídicas tanto públicas como privadas así como cualquier otro tipo de ingreso que pueda producirse.

 

En la medida que no menoscaben la independencia del sean incompatibles con sus fines.

La sede se establecerá en su primera Asamblea General y deberá corresponder al país sede del Presidente del mismo, por acuerdo de la misma organización podrá trasladarse la sede del Consejo a cualquier país de los Estados miembros.

El artículo 31 establece que se disolverá cuando por cualquier causa exista una imposibilidad manifiesta de cumplir los objetivos para los que fue creado, requiriéndose a tales efectos el voto favorable de las tres cuartas partes de la Asamblea General.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Creación del consejo iberoamericano  

Del deporte, del 4 de agosto del 1994 

Expediente 00645-2005-SLO-SE

 

 DE LAS REGIONES Y LOS DELEGADOS REGIONALES

REGIONES

Para efectos del CID, se establecen como regiones las siguientes:

 

 

Regiones

pestaña

 

 

 

 

 

 

Región 1

 

Costa Rica

Cuba

El Salvador

Guatemala

Honduras

 

Mexico

 

Nicaragua

Panamá

Puerto Rico

Rep.

Dominicana

 

 

      

Región 2

 

Argentina

Bolivia

Brasil

Chile

Colombia

Ecuador

Paraguay

Perú

Uruguay

Venezuela

 

 

      

Región 3

 

España

Portugal

 

 

Por los fundamentos expuestos, se estima de singular importancia la entrada en vigor del presente instrumento jurídico internacional.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apreciación  de la Situación actual del Consejo Iberoamericano del Deporte

 

 

A cuatro años de su fundación,  el Consejo Iberoamericano del Deporte (CID) ha cumplido ya, con éxito,  una  primera fase de constitución y posicionamiento. Desde el 26 de diciembre de 1996 es un organismo internacional.

 

Se han realizado cinco asambleas generales ordinarias y una asamblea general extraordinaria.  Un total de cinco Estados han adherido al Tratado que lo creó y varios otros se encuentran realizando los trámites en sus respectivas Cancillerías o en los Congresos Nacionales.

 

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Creación del consejo iberoamericano  

Del deporte, del 4 de agosto del 1994 

Expediente 00645-2005-SLO-SE

 

 

 

 

OPINIÓN PERSONAL.

 

 

El deporte se ha convertido de un fenómeno social a un fenómeno cultural de masas más importante de este siglo, que puede ser practicado por los individuos sin distinción de color, raza, sexo o clase social, para cumplir con el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales del hombre;

Esta propuesta refleja también el interés por lograr que los Organismos Gubernamentales del Deporte ejerzan, dentro de cada país, un liderazgo positivo en cuanto a señalar la dirección de los cambios que permitan a los respectivos Gobiernos presten mejores servicios a sus ciudadanos

 

El deporte representa una  actividad social y cultural de importancia para los países que se constituyen como medio de desarrollo de la cooperación pacífica entre las naciones iberoamericanas.

 

Entendemos que este tratado contribuye a capacitación y el mejoramiento del nivel deportivo de los pueblos .

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN DEL TRATADO

 

 

 

 

 

 

 

Aspectos Esenciales del Tratado

 

problemática

 

 

 

 

a) EL CID tiene personalidad jurídica propia y capacidad para celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por las leyes e intervenir en toda acción judicial o administrativa en defensa de sus intereses.

Es un foro permanente de organismos gubernamentales del deporte de Iberoamérica.

 

b) Es una instancia eficaz de coordinación para la transferencia de información y tecnología.

 

c) Opera como una instancia generadora de marcos de referencia para la acción gubernamental en el deporte.

 

d) Constituye una instancia de apoyo e incentivo de iniciativas conjuntas.

 

e) Funciona como una instancia facilitadora de relaciones y alianzas estratégicas entre los organismos gubernamentales deportivos de los estados miembros y organizaciones privadas para impulsar el deporte.

 

 

 

 

a) Proceso de posicionamiento lento y discontinuo.

 

b) Poca claridad y consenso en la  visión

 

c) Periódica rotación de sus miembros

 

d) Muchos Estados Iberoamericanos todavía  no aprecian la utilidad del Organismo.

 

e) Dificultades en  Estados Miembros para estructurar  sus necesidades de cooperación y falta de difusión de actividades realizadas entre ellos.

 

Países conforman el tratado

1.        1.-Argentina,

2.        Nicaragua,

3.        Panamá, 

4.        Paraguay, 

5.        Perú, 

6.        Puerto Rico

7.        República Dominicana,

8.        Uruguay

9.        Venezuela

10.  México

11.     Perú,

12.     Puerto Rico

13.     República Dominicana,

14.     Uruguay

15.     Venezuela

16.     Paraguay,

17.     Bolivia,

18.     Colombia, 

19.     Costa Rica,

20.     Chile,

21.     Ecuador,

22.     El Salvador,

23.     España,

24.     Guatemala,

25.     Honduras,

26.     México,

27.     Nicaragua,

28.     Panamá,

29.     Paraguay,

PAISES QUE HAN FIRMADO EL TRATADO.-

Argentina                                             Livio e. Forneris                                                  .viii.94

Chile                                                    Julio riutort Barrenechea                                          4.viii.94

Salvador                                               Jose a. Guandique escobar                                 4.viii.94

España                                                 Jose l. blanco                                                    4.viii.94

Mexico                                                 Jaul Gonzales rodriguez                                 4.viii.94

Paraguay                                              Luis m. Zubizarreta z.                                         4.viii.94

Uruguay                                               Juan c. Paullier muñoz                                        4.viii.94

 

 

 

LOS MIEMBROS

Podrán ser miembros del Consejo Iberoamericanos del Deporte, los Estados Iberoamericanos que ratifiquen o se adhieran a sus Estatutos.

IDIOMA A UTILIZAR.-

Los idiomas oficiales del CID son el Español y el Portugués

            PRESUPUESTO

1.      El presupuesto del CID tendrá carácter anual y será aprobado por la Asamblea General en sesión ordinaria.

2.      El Secretario Ejecutivo elaborará el presupuesto, lo someterá a la aprobación de la Asamblea y lo ejecutará bajo la supervisión del Presidente. Asimismo, preparará la rendición de cuentas y la memoria de liquidación del ejercicio económico que habrán de ser aprobados por la Asamblea.

 

 

Fortalezas del tratado

          FORTALEZAS

 

a) Grupo de estados miembros con decisión política de participar y cooperar con permanencia en el tiempo.

 

b) Situarse en la Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobierno. Posibilidad de plantear apoyo de Jefes de Estado al deporte

.

c) Gestión de Convenios Bilaterales exitosos en marcha.

 

d) Comunidad de idiomas, de orígenes, de historia , de costumbres de los estados miembros

 

 

 

            LOCALIZACION

1.      La sede del CID se establecerá en su primera Asamblea General y deberá corresponder al país sede del Presidente del mismo, por acuerdo de la misma organización podrá trasladarse la sede del Consejo a cualquier país de los estados miembros.

2.      El Secretario del CID  se establecerá en la sede del mismo.