RESOLUCIÓN DE
INTERPELACIÓN AL DR. MAX PUIG,
SECRETARIO DE ESTADO
DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
CONSIDERANDO:
Que el Senado de la
República, como parte integrante del Congreso Nacional, está
facultado de hacer uso de las prerrogativas
que le confiere la Constitución de la República, en su
rol de fiscalización, de investigar a los Secretarios de Estado y Directores,
sobre asuntos de su competencia;
CONSIDERANDO:
Que en los últimos días, se ha estado debatiendo a través de los medios de comunicación,
la denuncia que hiciera el Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, Dr. Max Puig, en el sentido de que
legisladores de los diferentes partidos políticos, representados tanto en el
Senado de la
República, como en la Cámara de Diputados, están tratando de reformar la Ley No. 202-04, de fecha
30 de julio del 2004, sobre Áreas Protegidas, para sacar provecho personal y apropiarse de parcelas pertenecientes a las
áreas protegidas de los parques nacionales;
CONSIDERANDO:
Que posterior a esa denuncia, legisladores de los diferentes bloques
partidarios salieron al frente al referido Secretario de Estado, solicitándole
que identificara de manera pública y responsable a cuales legisladores se refería, entendiendo
que una denuncia de esta naturaleza afecta la honra y el buen nombre de los
legisladores;
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Senado,
Senador Rubén Darío Cruz, dada la facultad que le confiere el Art. 112, del
Reglamento Interno del Senado, cursó una invitación al señor Max Puig, solicitándole pasar por la citada Comisión, a fin
de que expusiera con mayor claridad y alcance la denuncia que había hecho
públicamente sobre los posibles aprestos de modificar la Ley de Áreas Protegidas y para
que revelara los nombres de los legisladores que dice tenía información
existían para tales propósitos;
CONSIDERANDO:
Que no obstante ser invitado por el Presidente de la Comisión de Medio
Ambiente y Recursos Naturales del Senado, el Secretario de Estado Max Puig, declaró que estaba en la espera de que el
Presidente del Senado lo recibiera para entregarle los nombres de los
legisladores que estarían tratando de modificar la Ley 202-04, sugiriéndole el
Presidente del Senado, en ese sentido, que recurriera a la misma vía que utilizó para
hacer la denuncia;
CONSIDERANDO:
Que el día 06 del presente mes de junio, el señor Max
Puig, de manera irresponsable y en absoluto desconocimiento de la realidad,
dice que el legislador que pretende modificar la referida Ley, es el Senador
Rubén Darío Cruz, de la provincia Hato Mayor, asesorado por el Ing. Rafael
González ( Macobi),
Asesor del Senado;
CONSIDERANDO: Que
la Constitución
de la República,
en su Artículo 37, Numeral 22, faculta a una u otra Cámara lo siguiente: “Interpelar a los Secretarios de Estado y a
los Directores o Administradores de Organismos Autónomos del Estado, sobre
asuntos de su competencia, cuando así lo acordaren las dos terceras partes de
los miembros presentes de la
Cámara que lo solicite, a requerimiento de uno o varios de
sus miembros”;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario, que el Senado de la República requiera la presencia del referido
Secretario de Estado, para ser escuchado como forma de transparentar ante la
opinión pública nacional y, sobre todo, ante la sociedad dominicana,
representada en nuestros legisladores, la gravedad de esta acusación.
VISTA: La Constitución
de la República,
VISTO: El
Reglamento Interno del Senado.
RESUELVE:
PRIMERO:
INTERPELAR al Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dr. Max Puig,
para que comparezca por ante este Senado de la República, a la
hora, día, mes y año que determinará la Presidencia del Senado.
SEGUNDO:
REQUERIR de dicho funcionario, las pruebas que avalan su acusación, en el
sentido de que el Senador por la provincia Hato Mayor, Rubén Darío Cruz,
Presidente de la
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, estaría
tratando de modificar la Ley
No. 202-04, del 30 de julio del 2004, sobre Áreas Protegidas,
con el propósito de provechos
particulares.
TERCERO:
COMUNICAR la presente resolución al Dr. Max Puig, Secretario de Estado de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, para los fines de lugar.
CUARTO:
PUBLICAR la presente resolución en
diarios de circulación nacional.
DADA en la sala de sesiones
del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, capital de la
República Dominicana, a los doce (12) días del mes de junio
del año dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 144 de la
Restauración.
REINALDO PARED PÉREZ,
Presidente.
AMARILIS SANTANA CEDANO, DIEGO AQUINO ACOSTA ROJAS,
Secretaria.
Secretario.
nl.