CONSIDERANDO: Que la sección El Ingenio y las comunidades y los barrios Cien Fuegos, Nuevo Cien Fuegos, Ensanche Espaillat, Monte Rico,  Rafey, Altos de Rafey, Mella 1, Mella 2, Pochún, La Unión, San Lorenzo, La Pulga, la Gloria, Villa Gloria, La Fe, Monte Bonito, El Semillero 1, El Semillero 2, San Antonio, La Piña, La Mosca, El Fondo de la Botella, Ciudad Satélite y Brisas del Canal  con sus respectivos sub-barrios y urbanizaciones aledañas, así como las comunidades rurales  de Ingenio Arriba, Ingenio Abajo, barrio Duarte, La Cacata, barrio Nuevo Milenio, Los Rieles, Villa Verde, Jurungo, Mejía, Callejón de los Sánchez y los Campeches, pertenecientes al municipio de Santiago, reúnen las condiciones necesarias para ser elevadas a la categoría de Distrito Municipal del municipio de Santiago;

 

CONSIDERANDO: Que según cifras de Oficina Nacional de Estadísticas los resultados del Censo Nacional de Población y Vivienda, realizado en el año 2002, esas comunidades  y sectores en conjunto poseen una población total superior a noventa y seis mil, (96,000) habitantes y cuentan con más de veinticinco mil (25,000) viviendas;

 

CONSIDERANDO: Que dichas comunidades han exhibido una extraordinaria y significativa pujanza empresarial, económica y comercial que les ha permitido fundar y desarrollar en su espacio, actividades múltiples  como: dos parques de zona franca, varias e importantes industrias, proyectos habitacionales, micro, pequeñas y medianas empresas de servicios y de variados rubros, como: 14 farmacias, 6 impresoras, varias agencias de viajes, 3 estaciones gasolineras, 3 plantas de gas licuado, 14 ferreterías, innúmeras tiendas de diferentes tipos de artículos, 5 almacenes de provisiones y supermercados, 308 colmados de venta al detalle, 5 plazas comerciales, restaurantes, salones de belleza, 4 panaderías y 5 reposterías, 108 bancas de apuestas, viveros, granjas avícolas, actividades de alfarería y artesanía. Tiene en operación varias pensiones y empresas hoteleras, 6 bancarias y financieras entre otras;   

 

CONSIDERANDO: Que las referidas comunidades son servidas con servicios públicos y privados de electricidad, teléfono, telecable, agua potable, alcantarillado,  más de 10 clínicas privadas y más de 3 centros hospitalarios públicos, más de 15 escuelas públicas  y 15 colegios privados en los niveles básico e intermedio, un liceo secundario, múltiples institutos de formación técnica; 2 destacamentos policiales, un matadero municipal, más de 4 galleras, varios cementerios municipales. Además es servida por una basta y extensa red de comunicación vial y servicios de 3 rutas de concho y varias de transporte colectivo público y privado, así como  20 paradas de motoconchos;

 

CONSIDERANDO: Que han logrado fundar decenas de organizaciones deportivas, más de 70 religiosas, culturales, educativas y comunitarias, como son: 8 ligas deportivas, 50 equipos deportivos en diferentes disciplinas, 7 canchas, 21 clubes culturales, múltiples asociaciones  de padres, amigos, amas de casas, decenas de juntas de vecinos, fundaciones, cooperativas y asociaciones de varios tipos;

 

CONSIDERANDO: Que es aspiración  de estas comunidades el convertirse en  distrito municipal para permitirles seguir desarrollándose.

 

 

VISTA: La Ley No. 5220, de fecha 21 de septiembre del año 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana.

 

 

VISTA: La Ley No. 3455 de fecha 21 de diciembre del año 1952, sobre Organización Municipal.

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

Art. 1.- La sección El Ingenio y las comunidades y los barrios Cien Fuegos, Ensanche Espaillat y Monte Rico, la sección del Ingenio Abajo, formada por los parajes: Ingenio Arriba, Ingenio Abajo, La Cacata, La Emboscada, Mejía, Callejón de los Sánchez y los Campeches, así como los sub barrios: Nuevo Cien Fuegos, Rafey, Altos de Rafey, Mella 1, Mella 2, Pochún, La Unión, San Lorenzo, La Pulga, la Gloria, Villa Gloria, La Fe, Monte Bonito, El Semillero 1, El Semillero 2, San Antonio, La Piña, La Mosca, El Fondo de la Botella, Ciudad Satélite y Brisas del Canal y los sub parajes dentro de esta sección: barrio Duarte, barrio Nuevo Milenio, Los Rieles, Villa Verde y Jurungo, se constituyen en Distrito Municipal, con el nombre de Distrito Municipal de Cien Fuegos, con asiento en Cien Fuegos.

 

 Art. 2.- El Distrito Municipal de Cien Fuegos queda integrado en su parte urbana, por los Barrios: Cien Fuegos, Ensanche Espaillat y Monte Rico, así como los sub barrios: El Ingenio, Nuevo Cien Fuegos, Rafey, Altos de Rafey, Mella 1, Mella 2, Pochún, La Unión, San Lorenzo, La Pulga, la Gloria, Villa Gloria, La Fe, Monte Bonito, El Semillero 1, El Semillero 2, San Antonio, La Piña, La Mosca, El Fondo de la Botella, Ciudad Satélite y Brisas del Canal.

 

            Art. 3.- El Distrito Municipal de Cien Fuegos queda integrado en la parte rural por la sección del Ingenio Abajo, formada por los parajes: Ingenio Arriba, Ingenio Abajo, La Cacata, La Emboscada, Mejía, Callejón de los Sánchez y los Campeches, así como los sub parajes dentro de esta sección: barrio Duarte, barrio Nuevo Milenio, Los Rieles, Villa Verde y Jurungo.

 

Art. 4.- Los límites territoriales del Distrito Municipal de Cien Fuegos son:

 

Al Norte  : Carretera la Cienaga hacia el norte, desde el puente sobre el arroyo los salados, todo a mano izquierda hasta llegar el camino que lleva al Callejón de los Sánchez, tomando este camino, todo a mano izquierda hasta llegar a la intersección con el camino que lleva al paraje los tocones, desde aquí, tomando a la izquierda una distancia de 150 metros  aproximadamente hasta llegar a la carretera Santiago-Navarrete(Carretera Duarte o Ave. Joaquín Balaguer), esta descripción es el límite municipal del municipio San José de Jacagua. Límites del distrito municipal San José de Jacagua.

 

 Al Sur  :  El Río Yaque del Norte.

 

Al Este  : En la Carretera la Cienaga, el puente sobre el arroyo los Salados, tomando este arroyo hasta llegar a juntarse con el río Jacagua, tomando este río hasta la intersección con la carretera Duarte (carretera Santiago-Navarrete o Dr. Joaquín Balaguer), el puente seco sobre la carretera Duarte y la Ave. Circunvalación, tomando esta avenida en dirección sur, todo a la derecha, hasta llegar al puente sobre el Río Gurabo en la Ave. Circunvalación (doscientos metros aproximados después de la Tenería Bermúdez).

 

Al Oeste   : El Río Yaque del Norte y el Municipio de Villa González.

 

Art. 5.- Los límites territoriales de la sección Ingenio Abajo son:

 

Al Norte   : Carretera la Cienaga hacia el norte, desde el puente sobre el arroyo Los Salados, todo a mano izquierda hasta llegar el camino que lleva al Callejón de los Sánchez, tomando este camino, todo a mano izquierda hasta llegar a la intersección con el camino que lleva al paraje Los Tocones, desde aquí, tomando a la izquierda una distancia de 150 metros aproximadamente hasta llegar a la carretera Santiago-Navarrete(Carretera Duarte o Ave. Joaquín Balaguer), esta descripción es el límite de la sección Sabana de Batey I, perteneciente al Distrito Municipal de San José de Jacagua.

 

Al Sur : El puente sobre el arroyo los Salados, tomando este arroyo hasta llegar a juntarse con el río Jacagua, tomando este río hasta la intersección con la carretera Duarte (carretera Santiago-Navarrete) y  el Río Yaque del Norte en el paraje La Emboscada.

 

Al Este  : Los límites de la zona urbana del Distrito Municipal Cien Fuegos.

 

Al Oeste   : El  Río Yaque del Norte y el Municipio de Villa González.

 

Art. 6.-  En consecuencia, se modifica el Artículo 21 de la Ley No. 5220, sobre División Territorial, de la República Dominicana, de fecha 21 de septiembre de 1959.

 

Art. 7.-  Corresponde a la Liga Municipal Dominicana, a la Suprema Corte de Justicia, a la Junta Central Electoral, a la Procuraduría General de la República y demás instituciones del Estado, tomar las medidas pertinentes para la ejecución de la presente ley.

 

Art. 8.- La presente ley modifica y deroga cualquier otra disposición legal que le sea contraria.

 

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143 de  la  Restauración.

 

ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,

Presidente.

 

 

PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,                                    GERMÁN CASTRO GARCÍA,

Secretario.                                                                      Secretario Ad-Hoc.

 

 

 

 

 

 

 

 

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