CONSIDERANDO: Que la sección de El Salado, situada en el Valle de Neyba, perteneciente al Municipio de Galván, Provincia Bahoruco, posee 7,893 habitantes; 639 viviendas, 5 (cinco) escuelas, con una población estudiantil de 1,323 en los niveles pre-primarios, primarios, secundarios y universitarios, las tandas matutinas, vespertinas, nocturnas y sabatinas;

 

 

CONSIDERANDO: Que la sección de El Salado, posee más de 5,000 (cinco mil) hectáreas de terrenos baldíos y un área productiva de 10,000 tareas cultivadas de diferentes rubros agrícolas, tales como: plátanos, maíz, yuca, batata, guandules, entre otros;

 

 

CONSIDERANDO: Que la sección de El Salado, posee además, instituciones e infraestructuras de servicios públicos importantes, como son: 1 (un) centro de atención primaria, 1 (un) polideportivo, con canchas para baloncesto y voleibol 1(un) Play para béisbol, 1(un) play para Softbol, 2 (dos) Centros Recreativos (Centro Comunales), 1 (un) Parque Infantil, 1(un) Centro de Investigación de suelos Salinas sodicos, del Instituto Dominicano de Investigación Agrarias Y Forestales (IDIAF), con 6,256 tareas, la mayor parte bayahondas y otras especies, 1 (un) proyecto pecuario, con la colaboración de la Agencia de Cooperación Española.;

 

 

CONSIDERANDO: Que también existen las diferentes instituciones sociales y religiosas, como son:  club cultural y deportivo “El Salado Adelante”, Asociación agrícola “Alto de la Tuna”, Asociación agricultores  “Madre Sucia”, Asociación agricultores “José Jiménez”, Asociación Mujeres Organizadas “El Socorro”, Cooperativa de Ayuda Mutua; Iglesia Católica, con su respectivo local, Iglesia Evangélica, con su respectivo local, además celebran sus fiestas patronales, el pueblo está organizado en trece (13) calles y 75 empresas y microempresas;

 

 

VISTA: La ley No.5220, de fecha 2 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana y sus modificaciones.

 

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

 

Art.1.- La sección de El Salado, perteneciente al municipio Galván, provincia Bahoruco, queda elevada a la categoría de Distrito Municipal, con el nombre Distrito Municipal El Salado, cuya cabecera será el poblado El Salado.

 

 

Art.2.- La sección de Tamarindo queda integrada por los parajes: Preparo, Colorado y Los Saladitos.

 

 

Art. 3. El Distrito Municipal El Salado queda integrado por la Sección Tamarindo con sus parajes y por los parajes: Boca del Palmar, Los Cocos  y El Moreno.

 

 

Art. 4: Los límites territoriales del Distrito Municipal El Salado, son los siguientes:

 

 

AL NORTE: Pueblo Galván.

AL SUR: Batey No.2.

AL ESTE: Sección Las Tejas.

AL OESTE: Guaraguao.

 

Art.5.- El Poder Ejecutivo, la Secretaría de Estado de Interior y Policía, la Procuraduría General de la República Dominicana, la Liga Municipal Dominicana y el Ayuntamiento del municipio Galván adoptarán todas las medidas de carácter administrativo para la ejecución de la presente ley.

 

 

Art.6.- La presente ley modifica en cuanto sea necesario la ley No.5220, sobre División Territorial de la República Dominicana del 21 de septiembre de 1959 y sus modificaciones.

 

 

Art. 7.- La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

 

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143 de  la  Restauración.

 

 

ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,

Presidente.

 

PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,                                        GERMÁN CASTRO GARCÍA,

Secretario.                                                                        Secretario Ad-Hoc.