PROYECTO DE LEY QUE DESIGNA CON EL
NOMBRE CARRETERA
PROFESOR JUAN BOSCH, LA VÍA QUE
UNE LA CIUDAD
DE LA VEGA
CON LA COMUNIDAD RÍO VERDE Y LA CIUDAD DE MOCA.
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Profesor
Juan Bosch tuvo una fructífera vida como
intelectual, historiador y patriota,
además de un prístino ejercicio en sus actividades públicas y privadas,
legándonos inmenso patrimonio cultural, siendo un ejemplo a seguir a las
presentes y futuras generaciones;
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que los diversos campos en los que intervino
el Profesor Juan Bosch, dejó huellas positivas e indelebles, las cuales
trascienden el ámbito nacional, para irradiar en todo el espectro
internacional, a través de su magnífica contribución
en el campo de la literatura , la
historia de diversas naciones
y culturas, la política, economía y las ciencias sociales;
CONSIDERANDO TERCERO: Que en su
dilatada carrera política e intelectual, el Profesor Juan Bosch dedicó sus mejores años a construir una patria como la soñaron los fundadores de nuestra Nación;
CONSIDERANDO CUARTO: Que el
Profesor Juan Bosch como ex
-presidente de la República, encabezó
un gobierno que fue un digno
ejemplo y orgullo nacional
de ensayo democrático, caracterizado por enfatizar e imprimirle a su gestión, valores
como: honestidad , pulcritud,
patriotismo, virtud y trabajo honrado;
CONSIDERANDO QUINTO: Que la sencillez
con que vivió el Profesor Juan Bosch, la frugalidad y desprendimiento
de lo material, son prendas que lo enaltecen
en el firmamento de la
nobleza y la humildad,
trascendiendo más allá de las fronteras políticas partidarias , para
emularlo como ejemplo a seguir;
CONSIDERANDO SEXTO: Que el Profesor
Juan Bosch ejemplifica la figura más excelsa y descollante de la veganidad, y
que el inmenso amor e identidad con su provincia natal –La Vega-, le llevaron a
mantener estrechos vínculos con su pueblo y en especial con la comunidad donde
vivió su primera niñez: Río Verde;
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que en el
centenario de su natalicio, es deber del Estado rendir merecido tributo al
nombre del Profesor Juan Bosch, perpetuando su nombre en las comunidades en las
que creció, designando la vía terrestre que une a la ciudad de La Vega con la
comunidad Río Verde, lugar de su nacimiento.
VISTA. La Constitución de la República.
VISTA: La Ley No. 2439, del 8 de julio
de 1950, sobre asignaciones de nombres de personas, vivas o muertas, a
divisiones políticas, obras, edificios y vías, modificada por la Ley No. 49,
del 8 de noviembre de 1966.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Artículo 1. Se designa con
el nombre Carretera Profesor Juan Bosch, la vía que une la ciudad de La Vega
con la comunidad Río Verde y la ciudad de Moca.
Artículo 2. La Secretaría de
Estado de Obras Públicas y Comunicaciones (SEOPC) queda encargada de la
rotulación y señalización de la Carretera Profesor Juan Bosch.
Artículo 3. La presente ley entra en vigencia a
partir de la fecha de su promulgación.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado,
Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de mayo del año
dos mil nueve (2009); años 166 de la
Independencia y 146 de la Restauración.
REINALDO PARED PÉREZ,
Presidente.
DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO, RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA,
Secretario.
Secretario.