LEY QUE DESIGNA CON EL
NOMBRE DE HÉCTOR ANTONIO QUIÑONES MARTY,
EL PALACIO DE JUSTICIA DE
NAGUA, PROVINCIA MARÍA TRINIDAD SÁNCHEZ.
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el DR. HÉCTOR ANTONIO QUIÑONES MARTY, destacado jurista, designado por el Senado de
la República el 6 de abril del año 1997, Juez de Primera Instancia, siendo
confirmado sucesivamente en los períodos 78-82; 82-86; 86-90; 90-94 y
ratificado por la Suprema Corte de Justicia, hasta la fecha de su jubilación el
día primero (1ro) de mayo del año 2001, desarrolló exitosa y ejemplar carrera
judicial a través de su consagración y honestidad en el desarrollo de sus
funciones, contribuyendo al adecentamiento de la Judicatura Dominicana;
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que el DR. HÉCTOR ANTONIO QUIÑONES MARTY, por sus grandes aportes a
la Judicatura Dominicana, es hombre de orgullo para todos sus conciudadanos y
le han hecho merecedor de múltiples reconocimientos por parte de la
sociedad civil organizada, magistrados,
el Senado de la República Dominicana, Colegio de Abogados de la República
Dominicana, Ayuntamiento Municipal de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez,
entre otras distinciones;
CONSIDERANDO TERCERO: Que el DR. HÉCTOR ANTONIO QUIÑONES MARTY, ido a destiempo, en fecha
28 de agosto del año 2006, fue considerado como uno de los ex magistrados dominicanos de la más alta
calificación profesional, un ciudadano ejemplar, un jurista brillante que dedicó
más de treinta (30) años de su vida al servicio público en el Palacio de
Justicia de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, donde se desempeñó primero
como Abogado, luego ministerio público y por último, juez de larga data, por lo
que dicha edificación debe honrar con su nombre su memoria para emular el
desarrollo del ser humano en honestidad, humildad, humanismo, excelencia,
etcétera, en bien de la nación.
VISTA: La Constitución de la República;
VISTA: La Ley
número 49, del 9 de noviembre de 1966,
que modifica la Ley No.2439, del 8 de julio de 1950, sobre asignaciones
de nombres de personas vivas o muertas a divisiones políticas, edificios, vías,
obras, cosas y servicios públicos.
HA DADO LA
SIGUIENTE LEY:
ARTÍCULO 1.- Se designa con el nombre HÉCTOR ANTONIO
QUIÑONES MARTY, el Palacio de Justicia de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, ubicado en la calle Colón.
ARTÍCULO 2.- La
Suprema Corte de Justicia y el Ayuntamiento Municipal de Nagua, provincia María
Trinidad Sánchez, quedan encargados del fiel cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3.- La presente ley entra en vigencia a partir
de la fecha de su promulgación.
DADA
en
REINALDO PARED PÉREZ,
Presidente.
AMARILIS SANTANA CEDANO, DIEGO AQUINO ACOSTA ROJAS,
Secretaria. Secretario.
jf