LEY QUE DIVIDE EN DOS
CÁMARAS EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CONSTANZA
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Distrito Judicial de Constanza fue creado mediante
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la tendencia actual de la administración de justicia es la especialización de los
tribunales, de modo que los operadores del sistema judicial operen bajo una
especialización de la materia que impartan sin intercepción de conexiones
intelectuales de otras materias que en una sana y justa labor de administración
de justicia se convierte en un obstáculo para la calidad de la misma;
CONSIDERANDO
TERCERO: Que además de ser
perjudicial la actividad operativa de los tribunales con plenitud
jurisdiccional, en cuanto a la calidad, también resulta altamente dañina por el
volumen de expedientes que tiene que manejar el juez encargado de
jurisdicciones que trabajen en estas condiciones.
CONSIDERANDO
CUARTO: También y en el caso muy
particular del Distrito Judicial de Constanza, luego de la puesta en vigencia
de
CONSIDERANDO QUINTO: Que el municipio Constanza ha tenido un amplio crecimiento poblacional
y un incremento en sus actividades económicas y sociales, lo que ha motivado un
mayor volumen de los asuntos judiciales;
CONSIDERANDO SEXTO: Que el Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Constanza, compuesto por una Cámara Penal, Civil,
Comercial, de Trabajo y de Niñas, Niños y Adolescentes, y el mismo juez de
tribunal suplir en el Tribunal Colegiado, resulta insuficiente para conocer con
celeridad de los asuntos de su competencia, lo que conlleva un
congestionamiento en el conocimiento de los procesos, en perjuicio de las
partes y en detrimento del orden jurídico, que es la garantía de la paz y buena convivencia ciudadana;
CONSIDERANDO SÉPTIMO: Que el Distrito Judicial de Constanza en los últimos años ha visto el
aumento de casos civiles, laborales, comerciales, de niños, niñas y
adolescentes.
VISTO: El
artículo 43 de
VISTA:
VISTO: El inciso 10 d el artículo 37 de
HA DADO
ARTÍCULO 1.- El Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Constanza queda dividido en dos (2) Cámaras:
1) Una Cámara Civil, Comercial y
Laboral y
2) Una Cámara Penal.
ARTÍCULO 2.- Se modifica el párrafo I del
artículo 43 de
ARTÍCULO 3.- Los
fondos para la ejecución de la presente Ley, provienen de los recursos asignados
al Poder Judicial en el Presupuesto General de
ARTÍCULO 4.-
ARTÍCULO 5.- La presente ley
entra en vigencia a partir de la fecha de
su promulgación.
DADA en
REINALDO PARED PÉREZ,
Presidente.
DIEGO AQUINO ACOSTA ROJAS, FRANCISCO RADHAMÉS PEÑA PEÑA,
Secretario.
Secretario Ad-Hoc.
smm