CONSIDERANDO: Que la comunidad de
Sabana Iglesia es distrito municipal a partir de la ley No.99-87, del 26 de
noviembre de 1987, y constituye una de las localidades más antiguas de
Santiago;
CONSIDERANDO: Que este importante
distrito municipal está colocado en una amplia franja territorial serrana a
unos
CONSIDERANDO: Que Sabana Iglesia con
una población de aproximadamente 20 mil habitantes, es una extensa zona
territorial limitada al Norte, por la comunidad de Las Charcas; al Sur, por el
municipio de Jánico; al Este, por el río Yaque del Norte, que la separa de
Baitoa, y al Oeste, parte del municipio de Jánico y Las Charcas;
CONSIDERANDO: Que como consecuencia del
crecimiento de una gran franja urbana y semi-urbana y el crecimiento de nuevos
parajes, a Sabana Iglesia lo componen los siguientes núcleos poblacionales:
Sabana Iglesia, Los Puentes, barrio Don Pedro, Barrio Lindo,
CONSIDERANDO: Que los moradores
desempeñan sus actividades económicas fundamentadas en las remesas de los
Estados Unidos de América, en los empleos públicos y privados, la producción
agropecuaria, la ganadería, la pesca en las presas Taveras y Bao, actividad
agroforestal etc.;
CONSIDERANDO:
Que estas distantes comunidades,
como consecuencia de su desarrollo social, económico y demográfico, disponen de
los servicios de energía, agua potable, telecomunicaciones (Verizon, Tricom y
Orange), cuartel policial, la 26º Compañía del Ejército Nacional, la central
hidroeléctrica de las presas de Taveras, Bao y López Angostura, cable local y
frecuencia propia de televisión, juzgado de paz, así como la autorización
reciente de los servicios de una oficialía del Estado Civil, según la
resolución No.26, de
CONSIDERANDO:
Que en Sabana Iglesia además
existen una (1) parroquia y veintitrés (23) capillas de la iglesia católica,
cinco (5) iglesias evangélicas y centros de cultos, una (1) iglesia de los
Testigos de Jehová, dos
(2) liceos,trece (13) escuelas primarias e intermedias, dos (2) colegios
privados, un (1) hospital público con cincuenta y cuatro (54) camas, tres (3)
farmacias, una (1) clínica privada, un (1) laboratorio clínico, dos (2)
laboratorios odontológicos, dos (2) cementerios, un (1) matadero, dos (2)
ferreterías, tres (3) supermercados, tiendas, más de cincuenta (50) colmados,
restaurantes, seis (6) comedores, seis (6) carnicerías, tres (3) plays y trece
(13) canchas, granjas de aves, cinco (5) galleras, un parque infantil, oficinas
e instalaciones del Instituto Nacional de Agua Potable y Alcantarillados
(INAPA), de
CONSIDERANDO:
Que pese a su crecimiento y
a lo distante y accidentado de su territorio, Sabana Iglesia recibe muy pocos y
precarios servicios de las autoridades, por lo que se precisa su elevación a la
categoría de municipio.
VISTA: La ley No.5220, del 21 de
septiembre de 1959, sobre División Territorial de
HA
DADO
Art. 1.- El distrito municipal de Sabana Iglesia, del municipio de Santiago
de los
Caballeros, provincia Santiago, queda elevado a la categoría de municipio,
con el nombre de municipio de Sabana Iglesia, cuya cabecera será el centro o
sección de Sabana Iglesia, la cual se pondrá en ejecución a partir del 16 de
mayo del 2010.
Art.
2.- El municipio de Sabana
Iglesia estará integrado por las secciones de Sabana Iglesia, Los Ranchos y
Párrafo
I.- La sección de Sabana
Iglesia estará integrada por los barrios y parajes siguientes: Los Puentes,
Barrio Lindo,
Párrafo
II.- La sección Los Ranchos
estará integrada por los parajes: Los Ranchos, Rancho Arriba y Rancho Abajo, El
Hoyo del Cercado,
Párrafo
III.- La sección de
Art.
3.- El Poder Ejecutivo,
Art.
4.- La presente ley modifica
cualquier ley anterior o parte que sea contraria.
DADA en
DADA en
REINALDO PARED PÉREZ,
Presidente.
AMARILIS SANTANA CEDANO;
DIEGO AQUINO ACOSTA ROJAS,
Secretaria. Secretario.