CONSIDERANDO: Que los
pobladores de la sección El Estrecho de Luperón, han visto crecer y desarrollar
su Población a tal punto de entender que debe ser elevada su categoría a
distrito municipal;
CONSIDERANDO: Que la
sección El Estrecho de Luperón, del municipio de Luperón, provincia Puerto
Plata, manifiesta un desarrollo sostenido en lo económico, cultural, social y
poblacional, lo cual le hace merecedora de ser elevada a la categoría de
distrito municipal;
CONSIDERANDO:
Que
el censo poblacional se indica la cantidad de 32,000 habitantes, en unas 9,000
unidades habitacionales; con una gran actividad comercial, cuenta con fábrica
de quesos, almacenes de diferentes rubros agrícolas, agricultura de todos los
géneros, granjas avícolas, porcinas y ganadería, así como talleres de
ebanistería, alfarería, mecánicos de herrerías y cooperativas; en lo cultural,
posee grandes clubes culturales y deportivos, escuelas primarias y liceos
secundarios, iglesias católicas y evangélicas; de los servicios públicos tiene
electricidad, acueducto propio, clínicas rurales y cementerio;
CONSIDERANDO: Que el
señor Omar Bross fue una persona destacada, poblador con grandes dotes
filantrópicas, que todos los habitantes recuerdan de forma venerable y
entienden que el mismo debe ser reconocido por su altruismo y hombría de bien,
colocando su nombre a este distrito municipal, y es prerrogativa constitucional
del Congreso Nacional tomar disposiciones como la presente.
VISTA: La ley No.5220, del 21 de
septiembre del 1959, sobre División Territorial de
VISTA: La ley No.3455, del 21 de
diciembre del 1952, sobre Organización Municipal de
HA
DADO
Art. 1.- La
sección El Estrecho de Luperón, del municipio de Luperón, provincia Puerto
Plata, queda elevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre de
Distrito Municipal El Estrecho de Luperón Omar Bross.
Art. 2.- Los
parajes de Martín Alonzo y Arroyo Amargo, quedan elevados a sección, y estarán
integrados dentro del distrito municipal
El Estrecho de Luperón Omar Bross.
Art. 3.- El
distrito municipal El Estrecho de Luperón Omar Bross, estará constituido por
las siguientes secciones:
a)
El Estrecho Abajo, con su paraje Martín Alonzo
Arriba;
b)
Arroyo Amargo, con su paraje El Fundo;
c)
Martín Alonzo, con sus parajes El Cruce de Martín
Alonzo, Tasajera y El Jamo.
Art. 4.- Los
límites del distrito municipal El Estrecho de Luperón Omar Bross, son los
siguientes: Al Norte, la sección de
Art. 5.-
Art.6.- La presente ley modifica
cuanto sea necesario la ley No. 5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre
División Territorial de
Art.7 La presente ley entrará en vigor a
partir de su promulgación.
DADA en
DADA en
FAVIAN ANTONIO DEL VILLAR
ARISTY,
Vicepresidente en
Funciones.
ENRIQUILLO REYES RAMÍREZ, SUCRE ANT. MUÑOZ ACOSTA,
Secretario. Secretario Ad-Hoc.
amj
DADA en
FAVIAN ANTONIO DEL VILLAR
ARISTY,
Vicepresidente en
Funciones.
ENRIQUILLO REYES RAMÍREZ, SUCRE ANT. MUÑOZ ACOSTA,
Secretario. Secretario
Ad-Hoc.
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