CONSIDERANDO:
Que el municipio de Haina ha alcanzado un desarrollo industrial y poblacional,
que lo hace factible de una división territorial, conforme a las leyes;
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de los pueblos en todos los órdenes, se constituye en proceso
indetenible, sustentado afanosamente por los ciudadanos preocupados por sus
comunidades;
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad el municipio de Bajos de Haina, provincia de San
Cristóbal, cuenta con cuatro secciones: La Pared, Quita Sueño, Los Mameyes y El Cajuilito, y
veintidós (22) parajes: Piedra Blanca, Villa María, Sabaneta, Monte Largo,
Monte Adentro, Teresandon, Los Frías, Arenoso, Los Barracones, La Cerca, La Guinea, La Isleta, Las Colinas, La Raquel, Barcequillo Norte,
El Caliche, El Calvario, El Hoyo de Yoya, La Feliciano, Valle
Encantado, Mata Paloma y Vendaño, los cuales han alcanzado un gran desarrollo;
CONSIDERANDO:
Que la población del municipio de Bajos de Haina en las cifras del censo
realizado en el año 1993, por la Oficina Nacional de Estadísticas y Censos en el
país, le asigna la cantidad de 95,000 habitantes, con la población flotante de
55,000, lo que totaliza 150,000 habitantes, en la zona urbana reside el 70%, y
en la zona rural, el 30%. En el censo recién celebrado por la misma institución
según datos obtenidos extraoficialmente, el municipio de Bajos de Haina,
concentra una población de 200,000 habitantes, aproximadamente;
CONSIDERANDO:
Que el 30% de 200,000 es igual a 60,000
habitantes para la zona rural y 140,000 para la zona urbana, de los 60,000
habitantes que corresponden a la zona rural, el 60% quedaría para el distrito
municipal de El Carril y el 40% restante, para el nuevo distrito municipal La Pared de Haina, que serían
24,000 habitantes para La Pared,
y 36,000 para El Carril;
CONSIDERANDO:
Que la sección La Pared, cuenta con los
servicios de: energía eléctrica, agua potable, clínicas, escuelas para la
educación primaria e intermedia, parroquias de la Iglesia Católica,
templos evangélicos, farmacias, ferreterías, centros comunales, play de
béisbol, canchas deportivas, cementerios, almacenes de provisiones,
cooperativas, talleres de mecánicas, ebanisterías, fantasía, comedores,
balnearios, minas de arena y cascajo, industrias, fábrica de block, envasadoras
de gas, talleres de escultura de caoba, destacamento de la Policía Nacional,
parque, entre otras cosas;
CONSIDERANDO: Que la sección La
Pared ha alcanzado un desarrollo tal, que ha permitido a
inversionistas locales y extranjeros la instalación de diferentes tipos de empresas,
así como el comienzo de los trabajos del proyecto ampliación de la avenida
Doctor José Francisco Peña Gómez (Avenida Refinería), hasta la carretera
Duarte, avenida que cruza por el centro de la sección La Pared, lo que contribuirá al
desarrollo económico, cultural social y político en toda esa comunidad;
CONSIDERANDO:
Que a pesar del crecimiento económico y
poblacional que ha alcanzado el municipio de Bajos de Haina, sólo cuenta en la
actualidad con un distrito municipal.
VISTA: La ley No.5220, del 21 de septiembre del año 1959, sobre
División Territorial de la República Dominicana, y sus modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art. 1.- La sección La Pared, del municipio de
Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, queda elevada a la categoría de
distrito municipal, con el nombre de Distrito Municipal La Pared.
Párrafo.- Los límites
del distrito municipal La Pared,
son los siguientes:
·
Al Norte, con
los límites del Vendaño, que limitan al municipio de Bajos de Haina, con el
municipio Cabecera de San Cristóbal, el río Haina, con el municipio Santo
Domingo Oeste;
·
Al Este, con la
carretera que conduce a Monte Adentro (antiguo Llarey), limitando al distrito
municipal de El Carril, con la carretera La Pared;
·
Al Sur, con la
carretera 30 de Mayo, limita la zona rural con la urbana; y
·
Al Oeste, con
todo el litoral de Arroyo Itabo y la carretera de Mata Naranjo, limitan por ese
lado al municipio de San Cristóbal.
Art. 2.- Las
secciones El Cajuilito y Los Mameyes quedan integradas al distrito municipal La Pared de Haina, del
municipio Bajos de Haina.
Párrafo I.- Los parajes
Monte Adentro, Monte Largo, El Clavario, El Caliche, Teresandon, quedan
integrados a la sección El Cajuilito.
Párrafo II.- Los
parajes La Feliciano,
Mata Naranjo Este, Mata Paloma y Vendaño quedan integrados a la sección Los
Mameyes.
Art. 3.- Para la
ejecución de la presente ley, el Poder Ejecutivo, la Secretaría de
Estado de Interior y Policía, la Liga Municipal Dominicana, la Junta Central
Electoral, la Suprema
Corte de Justicia y la Procuraduría General
de la República,
adoptarán cuantas medidas de carácter administrativo fuesen necesarias.
Art. 4.- Esta ley
deroga cualquier otra que le sea contraria.
DADA
en la Sala de
Sesiones de la Cámara
de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, capital de la República Dominicana,
a los treinta días del mes de mayo del año dos mil seis; años 163° de la Independencia y 143°
de la
Restauración.(Fidos.) Alfredo
Pacheco Osoria, Presidente; Severina
Gil Carreras, Secretaria; Josefina
Alt. Marte Durán, Secretaria.
DADA en la Sala
de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana,
a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143
de la
Restauración.
ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,
Presidente.
ENRIQUILLO REYES
RAMÍREZ, PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,
Secretario. Secretario.
smm