CONSIDERANDO: Que el distrito municipal Monserrat del Municipio  Tamayo, provincia Bahoruco, cuenta con una notable densidad poblacional en la que se originan conflictos para cuya solución, aún tratándose de asuntos menores, los afectados deben trasladarse a otros municipios muy distantes;

 

CONSIDERANDO: Que la conveniencia de crear un Juzgado de Paz en el distrito municipal  Monserrat,  debe ser vista como un paso de avance dentro del marco de desarrollo de la comunidad;

 

CONSIDERANDO: Que una vez creada la norma y dentro de las posibilidades presupuestarias del Estado, corresponde a la Suprema Corte de Justicia escoger al Juez y sus suplentes así como designar al personal administrativo, según lo preceptuado por la Constitución de la República y la Ley de Organización Judicial.

 

VISTA: La Ley 197-04, del 28 de julio de 2004, que crea el distrito municipal  Monserrat.

 

VISTO: El Art. 51 de la Ley 3455, del 21 de diciembre de 1952, sobre Organización Municipal.

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

         Art.1.- Se crea el Juzgado de Paz del distrito municipal  Monserrat para conocer los asuntos que competen a las jurisdicciones de esta naturaleza, de conformidad con las normas vigentes.

 

Art.2- Los fondos para la ejecución de la presente ley provendrán de los recursos asignados al Poder Judicial en el Presupuesto General de la Nación.

 

Art.3- La Suprema Corte de Justicia designará al Juez de Paz y su suplente, así como el personal  administrativo de dicho Juzgado de Paz, dentro del marco de las facultades que le confiere la Constitución y las leyes.

 

Art. 4.- La presente ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación

 

  DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143 de la Restauración.

 

ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,

Presidente.

 

 

 

PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,                                               GERMÁN CASTRO GARCÍA,

Secretario.                                                                                Secretario Ad-Hoc.