VISTOS: Los incisos 14 y 19 del Artículo 37, de la Constitución de la
República.
VISTO:
El Convenio de Crédito Comprador Supercari, de fecha 26 de agosto de 2009, entre
la República Dominicana y Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española, por un monto
de EUR9,349,214 (nueve millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos
catorce euros).
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Convenio de Crédito Comprador
Supercari, de fecha 26 de agosto de 2009, entre la República Dominicana,
representada por el Secretario de Estado de Hacienda, Lic. Vicente Bengoa, y Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española,
representado en este acto por D. Joaquín Santo- Domingo Cano, por un monto de EUR9,349.214 (nueve millones
trescientos cuarenta y nueve mil doscientos catorce euros) para la compra de suministros militares de
campaña para control y asistencia de fronteras, que serán proporcionados al
Cuerpo Especializado de Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT). Este
Convenio tiene como objeto establecer los términos y condiciones bajo los
cuales el Banco pondrá a disposición del Acreditado las cantidades necesarias
para financiar el precio del Contrato Comercial, hasta un máximo del cien
(100%) del importe del Contrato Comercial más un cien por cien (100%) de la
provisional de CESCE; que copiado a la letra dice así:
DADA en la Sala de
Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del
mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración.
REINALDO
PARED PÉREZ,
Presidente.
RUBÉN
DARÍO CRUZ UBIERA,
AMARILIS SANTANA CEDANO,
Secretario. Secretario ad-hoc.
jf