VISTOS:   Los  incisos 14 y 19  del Artículo 37, de la Constitución de la República.

 

             VISTO: El Convenio de Crédito Comprador Supercari, de fecha 26 de agosto de 2009, entre la República Dominicana y Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española, por un monto de EUR9,349,214 (nueve millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos catorce euros).

 

R E S U E L V E:

 

ÚNICO: APROBAR  el Convenio de Crédito Comprador Supercari, de fecha 26 de agosto de 2009, entre la República Dominicana, representada por el Secretario de Estado de Hacienda,  Lic. Vicente Bengoa,  y Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española, representado en este acto por D. Joaquín Santo- Domingo Cano,  por un monto de EUR9,349.214 (nueve millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos catorce euros)  para la compra de suministros militares de campaña para control y asistencia de fronteras, que serán proporcionados al Cuerpo Especializado de Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT). Este Convenio tiene como objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales el Banco pondrá a disposición del Acreditado las cantidades necesarias para financiar el precio del Contrato Comercial, hasta un máximo del cien (100%) del importe del Contrato Comercial más un cien por cien (100%) de la provisional de CESCE; que copiado a la letra dice así:

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009); años 166  de la Independencia y 147 de la Restauración.

 

 

REINALDO PARED PÉREZ,

Presidente.

 

 

 

 

 

 

RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA,                                         AMARILIS SANTANA CEDANO,

              Secretario.                                                                             Secretario ad-hoc.

 

 

 

 

 

 

 

jf