VISTOS: Los incisos 14 y 19 del artículo 37 de la Constitución de la República.

 

            VISTO: El Acuerdo de Asociación Económica entre los estados del CARIFORUM, por una parte y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros de la otra parte, del 15 de octubre de 2008.

 

 

R E S U E L V E:

 

         ÚNICO: APROBAR el Acuerdo de Asociación Económica entre los estados del CARIFORUM por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados Miembros, de la otra parte, del 15 de octubre de 2008, cuyos objetivos son: a) contribuir a reducir y, con el tiempo, a erradicar la pobreza mediante la creación de una asociación comercial coherente con el objetivo del desarrollo sostenible, los Objetivos de Desarrollo del Milenio y el Acuerdo de Cotonú; b) promover la integración regional, la cooperación económica y la buena gobernanza, creando y aplicando un marco reglamentario efectivo, previsible y transparente para el comercio y la inversión entre las Partes y en la región del CARIFORUM; c) promover la integración gradual de los Estados del CARIFORUM en la economía mundial, de conformidad con sus opciones y prioridades políticas de dasarrollo; d) mejorar la capacidad de los Estados del CARIFORUM en la política comercial y las cuestiones relacionadas con el comercio; e) apoyar las condiciones para aumentar la inversión y la iniciativa del sector privado, y reforzar la capacidad de abastecimiento, la competitividad y el crecimiento económico en la región del CARIFORUM; y f) reforzar las actuales relaciones entre las Partes basándose en la solidaridad y el interés mutuo; a  tal  fin,  teniendo  en  cuenta  sus  respectivos  niveles  de  desarrollo  y coherentemente con las obligaciones de la OMC, el Acuerdo reforzará las relaciones comerciales y económicas, apoyará una nueva dinámica comercial entre las Partes mediante una liberalización progresiva y asimétrica del comercio entre ellas y reforzará, ampliará y profundizará la cooperación en todos los ámbitos relacionados con el comercio y la inversión; que copiado a la letra dice así:

                                              

 

 

 

                                              

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil ocho (2008); años 165  de la Independencia y 146 de la Restauración.

 

 

 

 

 

REINALDO PARED PÉREZ,

Presidente.

 

 

 

 

DIONIS ALFONSO SÁNCHEZ CARRASCO,      FRANCISCO RADHAMÉS PEÑA PEÑA,                                              

                     Secretario.                                                         Secretario ad hoc.             

                                                                                                    

 

 

 

 

 

ms.