CONSIDERANDO PRIMERO: Que el 26 de enero de 2010 la Asamblea Nacional de la República Dominicana proclamó una reforma constitucional que modificó sustancialmente las bases del ordenamiento jurídico nacional con la ampliación de los derechos fundamentales, el fortalecimiento del sistema de frenos y contrapesos entre los poderes públicos, la instauración de instituciones y órganos novedosos y el establecimiento de un Estado social y democrático de derecho;

 

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y, en cuanto tal, exige que las leyes y todas las normas y actos infraconstitucionales sean acordes con sus principios y finalidades, lo que impone al Congreso Nacional la tarea de reformular las leyes para garantizar su conformidad formal y material con la Constitución de la República;

 

CONSIDERANDO TERCERO: Que la adecuación del ordenamiento legal es una tarea trascendental que requiere de una coordinación armónica y la constante comunicación de las cámaras del Congreso Nacional para evitar la duplicación de esfuerzos y eficientizar la ejecución de la intensa labor legislativa a que tendrá que abocarse el Congreso Nacional para impulsar la constitucionalización del ordenamiento legal;

 

CONSIDERANDO CUARTO: Que el Reglamento de la Cámara de Diputados permite a cualquiera de sus integrantes proponer la designación de una comisión especial para trabajar conjuntamente con otra comisión similar que se solicitará al Senado de la República, de cuya conjunción resulta una comisión bicameral que tendrá las funciones de conciliar las iniciativas que surjan en ambas cámaras y cualquier otra finalidad que le sea conferida;

 

CONSIDERANDO QUINTO: Que el Reglamento de la Cámara de Diputados permite a las comisiones consultar y asesorarse de las personas que se consideren aptas para la adecuada ejecución de los asuntos sometidos a su consideración como ocurrió durante la realización de la reforma constitucional.

 

VISTO: El artículo 93 de la Constitución.

 

VISTOS: Los artículos 119, 131, 150 y siguientes del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

R E S U E L V E:

 

PRIMERO: SOLICITAR la aprobación del proyecto de resolución de la Cámara de Diputados que propone al Senado de la República la designación de una Comisión Bicameral que coordine las iniciativas tendentes a la adecuación legislativa formal y material que impone la Constitución proclamada el 26 de enero de 2010.

 

SEGUNDO: Que la designación de dicha Comisión cuente con el apoyo de un cuerpo especial de asesores expertos en derecho, que permitan garantizar una mayor pro actividad del Congreso Nacional en la ejecución de su labor legislativa, sin perjuicio de las iniciativas que surjan de otros poderes y órganos del Estado o de la propia ciudadanía en el ejercicio de su iniciativa popular.

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once días del mes de marzo del año dos mil diez; años 167° de la Independencia y 147° de la Restauración.

 

 

 

 

Julio César Valentín Jiminián,

Presidente.

 

 

 

 

 

Gladys Sofía Azcona de la Cruz,                     Teodoro Ursino Reyes,

          Secretaria.                                    Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RC/jg