CONSIDERANDO: Que el señor WENCESLAO PEGUERO, laboró por más de treinta (30) años al servicio del Estado en diferentes obras, consistentes en construcciones de carreteras y otras infraestructura en: Elías Piña, Jimaní, Loma de Cabrera, Azua, Dajabón, Monte Cristy, La Romana, Monte Plata y Santo Domingo, distinguiéndose por su laboriosidad y su honradez;

 

CONSIDERANDO: Que el señor WENCESLAO PEGUERO está en la actualidad imposibilitado para dedicarse al trabajo, por hallarse sufriendo de serios problemas cardiovasculares, habiendo ya sufrido dos infartos al miocardio;

 

CONSIDERANDO: Que es, asimismo, deber del Estado estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social, conforme lo prescribe el Art. 8, inciso 17, de la Constitución de la República;

 

CONSIDERANDO: Que es deber del Estado atender a los méritos de ciudadanos que mediante la prestación continua de servicios públicos sirven a la sociedad dominicana con integridad y consagración al trabajo y que  por hallarse afectados de salud, después de muchos años, se ven imposibilitados de proseguir sus labores productivas.

 

VISTO: El artículo 10 de la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.

 

HA DADO LA SIGUENTE LEY:

 

ARTICULO PRIMERO: Se concede una pensión del Estado a favor del señor WENCESLAO PEGUERO, por la suma de RD$8,000.00 (OCHO MIL PESOS CON 00/100) mensuales.

 

ARTICULO SEGUNDO: Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de la Ley de Gastos Públicos, a partir la promulgación de la presente ley.

 

DADA …

MOCION PRESENTADA POR:

 

 

RAMON ALBURQUERQUE,

Senador por la Provincia Monte Plata.

JDC/apg.

 

CONSULTORIA JURIDICA

 

 

Santo Domingo, D.N.

12 de abril del 2000.-

 

CJ-038/2000

 

Al                               : Ing. Ramón Alburquerque

                                     Presidente del Senado

 

De la                          : Consultoría Jurídica del Senado

 

Asunto                       : Remisión Proyecto de Pensión

 

Ref.                            : Su solicitud  D/F 11 de febrero, 1999.

 

           

 

                        REMITIDO, cortésmente para los fines correspondientes, el proyecto de Ley mediante el  cual se le concede pensión al  señor WENCESLAO PEGUERO, solicitud hecha por el Ing. Juan Ulises García Saleta. 

 

           Aprovechando la ocasión para reiterar las seguridades de mi más alta consideración y estima, le saluda,

 

 

Atentamente,

 

 

 

 

____________________________________

DR. AMAURY JUSTO DUARTE

Consultor Jurídico

 

 

 

ANEXO: Comunicación enviada por el señor Juan Ulises García Saleta.