Ley que Crea el Distrito
Municipal Guanuma
CONSIDERANDO: Que la finalidad
principal del Estado es la protección efectiva de los derechos de la persona
humana y el mantenimiento de los medios que le permitan perfeccionarse
progresivamente dentro de un orden de libertad individual y de justicia social,
compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos;
CONSIDERANDO: Que el Estado
dominicano se divide políticamente en un Distrito Nacional, en el cual estará
comprendida la capital de
CONSIDERANDO: Que en virtud de lo que
establece
CONSIDERANDO: Que la
descentralización contribuye a una mejor distribución de los recursos producto
de
CONSIDERANDO: Que la comunidad Guanuma, del municipio Santo Domingo Norte; ha
experimentado un desarrollo sostenido en lo demográfico, económico, social y
político, ganando así su elevación de categoría;
VISTA:
VISTA:
VISTA:
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HA DADO
Art. 1. Creación del Distrito Municipal Guanuma. La sección Guanuma queda elevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre Distrito Municipal Guanuma, perteneciente al municipio Santo Domingo Norte, tendrá su cabecera en el pueblo Guanuma.
Art. 2. Creación de
Art. 3. Integración del Distrito Municipal Guanuma. El Distrito Municipal Guanuma
queda integrado por las secciones Los Adón con sus parajes y por la secciones: Sección Sierra Prieta: Sierra Prieta,
Kilómetro 26, Los Vizcaínos, Buenos Aires, Hoyos Oscuros, Jubileo, Juan Dinga, El Alto del Chivo y Colina. Sección
Art. 4. Límites Territoriales del Distrito Municipal Guanuma. Los límites territoriales del distrito municipal Guanuma son: al Norte: Municipios Yamasá y Monte Plata, provincia Monte Plata; al Sur: Sección El Higüero; al Este: Sección Hacienda Estrella y al Oeste: Municipio Yamasá, provincia Monte Plata.
Art. 5. Ejecución de
Art. 6.-Entrada en Vigencia. La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
Art. 7. Modificación. Se modifica
DADA…
MOCION PRESENTADA POR.
TONTY RUTINEL DOMINGUEZ
Senador Provincia Santo Domingo