CONSIDERANDO: Que el señor JUAN PASTOR JIMENEZ, durante muchos años le ha servido con mucha entrega y dedicación al sector Educativo  Nacional, dando frutos  muy positivos a la Sociedad Dominicana.-

 

CONSIDERANDO: Que la señora CARMEN MATEO, es una Dominicana, que ha contribuido de manera muy notable con el desarrollo comunitario, dedicando toda su vida a la promoción de los valores espirituales y educativos de los sectores mas desposeídos  de nuestra sociedad.

 

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY

 

ARTICULO PRIMERO: Se aumenta la pensión del Estado que percibe el señor JUAN PASTOR .JIMENEZ DE RD$15,000 a RD$ 30,000, contenida en el artículo 1ero. de la Ley No. 370-05.-

 

ARTICULO SEGUNDO: Se concede una pensión del Estado Dominicano, a la señora CARMEN MATEO de RD$ 20,00 pesos mensuales.

 

ARTICULO TERCERO: Dichas  Pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de  Pensiones y Jubilaciones Civiles del  Estado de la Ley de Gastos Públicos.-

 

ARTICULO CUARTO: La presente Ley Modifica cualquier otra Ley, Decreto o Disposición en la parte que le sea contraria.

 

DADA…….

 

 

 

LIC. CESAR AUGUSTO MATIAS

Senador por la Prov. Valverde