LEY
QUE CONCEDE UN AUMENTO DE PENSIÓN DEL
ESTADO A FAVOR DE
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que la
señora DINORAH INES DEL C DE JS
ARBAJE TIO, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0153751-2,
laboró por más de 20 años en
CONSIDERANDO
SEGUNDO: Que la señora DINORAH
INES DEL C DE JS ARBAJE TIO, ha desarrollado una ardua labor pública,
durante los cuales ha merecido el respecto y la consideración de
todos;
CONSIDERANDO
TERCERO: Que la señora,
DINORAH INES DEL C DE JS ARBAJE TIO,
por su antigüedad en el servicio, y por padecer de Hipertensión Arterial Sistémica
Severa con Cardiopatía, Diabetes Tipo 2, Osteoartristis
Terminal, Escoliasis Dorso Lumbar y Gastritis Crónica,
entre otras afecciones, fue pensionada
en el año 2006, recibiendo en la actualidad la suma de RD$6,970.
(Seis Mil Novecientos Setenta Pesos Con 00/100) mensuales, cantidad ésta que en
la actualidad, le resulta
insuficiente para solventar la adquisición de los medicamentos propios de
su enfermedad y las necesidades básicas de su familia;
CONSIDERANDO
CUARTO: Que es deber del Estado dominicano, auxiliar a
todos aquellos ciudadanos y ciudadanas que han prestado servicios en la
administración pública y que por su edad y enfermedades, se les torna imposible
realizar labores productivas para cubrir sus gastos de alimentación y
medicamentos de que precisan.
VISTA:
VISTO: El
Art. 10 de
HA DADO
ARTICULO
PRIMERO: Se aumenta, de
Seis Mil Novecientos Setenta Pesos Con 00/100 (RD$6,970.00)
mensuales a RD$
20,000.00 (Veinte Mil Pesos con 00/100)
mensuales a la pensión del Estado que actualmente recibe la señora DINORAH INES DEL C DE JS ARBAJE TIO,
ARTICULO
SEGUNDO: Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de
ARTICULO. 3: La presente Ley entra en vigencia a partir
de la fecha de su promulgación.
DADA...
MOCION
PRESENTADA POR:
Francisco
Radhames Peña
Senador
de
Provincia
Valverde