EL CONGRESO NACIONAL
En nombre de
Ley No._________
CONSIDERANDO: A que son constantes las demandas de
diversos sectores populosos y residenciales del Municipio de Villa González,
por la falta de control de plagas, por los malos olores y malezas provocados
esencialmente por la ausencia de mecanismos y procedimientos modernos de
acumulación de los desechos sólidos y su consecuente degradación del medio
ambiente;
CONSIDERANDO: A que a pesar de los esfuerzos realizados
por el Ayuntamiento del Municipio de Villa González para mejorar el servicio de
recogida de basura, el actual sistema de recolección de desechos sólidos urbanos ya resulta obsoleto, además de
antieconómico y deficiente para mantener los rangos de higiene y adecuado medio
ambiente requerido para una ciudad verdaderamente sana, conforme a los niveles
de modernidad que demanda el desarrollo de la municipalidad de nuestros tiempos
para preservar la salud de los munícipes;
CONSIDERANDO: A que el Ayuntamiento del Municipio de
Villa González para mejorar el servicio de recogida de desechos sólidos,
requiere del otorgamiento de un financiamiento por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA EUROS CON 00/100 (€251,650.00) o su equivalente en pesos dominicanos,
para ser utilizados en la adquisición de un moderno sistema de recogida de
basura.
CONSIDERANDO: A que el Consejo de Regidores del Ayuntamiento del Municipio de Villa González,
mediante la Resolución No. 02-2008 de fecha 24 de marzo del año 2008, aprobó la
propuesta técnica económica hecha por la empresa OMB CARIBE, S. A., para la recolección de desechos sólidos urbanos
en el Municipio de Villa González, por un valor de inversión de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA EUROS CON 00/100 (€251,650.00) o su equivalente en pesos
dominicanos, según el valor de la prima oficial establecida en el Banco Central
de la República Dominicana al momento de la aprobación del préstamo.
CONSIDERANDO: A que la Ley No. 176-07, del Distrito
Nacional y de los Municipios, de fecha 17 de julio del año 2007, en su artículo
8 establece las potestades y prerrogativas que corresponden a los Ayuntamientos,
indicando en su literal b) que corresponden al Ayuntamiento: potestad
tributaria y financiera.
a) Tratándose de operaciones de
crédito a corto plazo:
-
Mediante la afectación de los recursos tributarios objeto del anticipo,
devengados en el ejercicio económico, hasta el límite máximo del anticipo
concedido.
-
Con la afectación de ingresos procedentes de arbitrios y contribuciones
especiales.
b) Tratándose de operaciones de
crédito a mediano y largo plazo:
-
Con la constitución de garantía real sobre bienes patrimoniales.
-
Con la afectación de ingresos procedentes de arbitrios y contribuciones
especiales.
-
Con el aval del gobierno central y el Congreso Nacional, lo que no exime
las garantías de los Ayuntamientos en listadas en este artículo.
CONSIDERANDO: A que el artículo 3 de la Ley No. 6-06 de
Crédito Público, de fecha 20 de enero
del año 2006, señala que: “Están sujetos a las
regulaciones previstas en la presente ley y su reglamentación, los organismos
del sector público que integran los siguientes agregados institucionales:
CONSIDERANDO: A que el Párrafo III del artículo 3 de la referida Ley
No. 6-06, establece que: “Los
agregados institucionales citados en los numerales del 1 al 5 del citado
artículo, no podrán endeudarse con el Sistema Financiero Nacional sin la
aprobación congresual, cuando el vencimiento de dicho endeudamiento supere el
ejercicio anual presupuestario.”
VISTA: La Ley No. 3455 sobre Organización
Municipal, de fecha 21 de diciembre de 1952.
VISTA: La Ley No. 5622 sobre Autonomía Municipal,
de fecha 14 de septiembre de 1961.
VISTA: La Ley No. 6-06 de Crédito Público, de
fecha 20 de enero de 2006.
VISTA: La Ley No.176-07 del Distrito Nacional y
los Municipios, de fecha 17 de julio del año 2007.
VISTA: La Resolución No. 02-2008 de fecha 24 de
marzo del año 2008, del Consejo de Regidores del Ayuntamiento del Municipio de
Villa González.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO 1:
Se autoriza a la Secretaría de
Estado de Hacienda a otorgar la aprobación al Banco de Reservas de la República
Dominicana para que conceda al Ayuntamiento del Municipio de Villa González un financiamiento por un monto de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA EUROS CON 00/100
(€251,650.00) o su equivalente en pesos dominicanos, según el valor de la
prima oficial establecida en el Banco Central de la República Dominicana al
momento de la aprobación del préstamo, para ser utilizados en la adquisición de
un moderno y eficiente sistema de recogida de basura en ese municipio.
ARTICULO 2: Las condiciones de dicho financiamiento serán
las siguientes:
-
Plazo:
Cinco (5) años.
-
Tasa
de interés: 17 % anual.
-
Cuotas
mensuales (aproximadamente): RD$331,470.00.
-
Amortización:
Cuotas consecutivas de capital e intereses.
-
Fuente
de repago: Los Recursos que recibe el Ayuntamiento del Municipio de Villa
González de parte del gobierno y
los arbitrios e ingresos directos que percibe dicho Ayuntamiento.
ARTICULO 3:
La autorización del referido financiamiento será nula en el caso de que ocurra
un cambio en el destino de estos recursos obtenidos.
DADA en la Sala de sesiones del Senado,
Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana a los_______( ) días del mes de ______________del año
Dos Mil Ocho (2008), año_____de la Independencia y____de la Restauración.
______________________
Presidente
____________________ ______________________
Secretario Secretario
DADA en la Sala de sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso
Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana a los_______( )
días del mes de ______________del año Dos Mil Ocho (2008), año_____de la
Independencia y____de la Restauración.
____________________
Presidente
____________________ ______________________
Secretario
Secretario
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere
el Artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada
en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, Capital de la República Dominicana a los_______ ( ) días del mes de ______________del año
Dos Mil Ocho (2008), año_____de la Independencia y____de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ