CONSIDERANDO: Que los barrios Cienfuegos, Monterico, Mella 1, Mella 2, La Unión, Satélite, La Piña, La Gloria, Gregorio Reyes, y las secciones Ingenio Arriba, Ingenio Abajo y Monte Bonito, han crecido grandemente en los últimos diez (10) años, residiendo en ella aproximadamente más de setenta mil (70,000) habitantes;

 

CONSIDERANDO: Que en la actualidad posee toda la infraestructura necesaria para ser elevada a la categoría de distrito municipal, tales como: los servicios de energía eléctrica, agua potable, hospitales públicos, clínicas privadas, consultorios dentales, boticas populares, educación primaria y secundaria, colegios y academias comerciales, teléfonos, parques y centros de recreo, almacenes de provisiones, agroquímica, iglesias católica y evangélica, junta de vecinos, clubes deportivos y culturales etc.;

 

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, en su artículo 37, acápite 6.;

 

VISTA: La ley No.5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana, y sus modificaciones;

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

ARTÍCULO ÚNICO: Los barrios Cienfuegos, Monterico, Mella 1, Mella 2, La Unión, Satélite, La Piña, Monte Bonito, Gregorio Reyes, y las secciones Ingenio Arriba, Ingenio Abajo, de la Circunscripción No.1, de la provincia Santiago, quedan elevados a la categoría de Distrito Municipal.  

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de julio del año dos mil seis; años 163° de la Independencia y 143° de la Restauración (FDOS) Alfredo Pacheco Osoria, Presidente; Severina Gil Carreras,  Secretaria, Josefina Alt. Marte Durán, Secretaria.

 

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143 de la Restauración.

 

 

 

 

 

ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,

Presidente.

 

 

 

 

 

 

 

ENRIQUILLO REYES RAMÍREZ,                                      PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,

                   Secretario.                                                                           Secretario.

 

 

                                              

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil seis (2006); años 163 de la Independencia y 143 de la Restauración.

 

 

 

ANDRÉS BAUTISTA GARCÍA,

Presidente.

 

 

 

 

 

 

ENRIQUILLO REYES RAMÍREZ,                                      PEDRO JOSÉ ALEGRÍA SOTO,

                   Secretario.                                                                           Secretario.