CONSIDERANDO: Que el señor
Ramón Rosario Rodríguez, portador de
CONSIDERANDO: Que después de tan ardua labor social y laboral el señor Ramón Rosario Rodríguez, se encuentra imposibilitado para el trabajo productivo;
CONSIDERANDO: Que es deber del estado Dominicano ir en auxilio de todos aquellos ciudadanos que, mediante le prestación continua de servicios públicos, le han servido a la patria, con entrega y dedicación, que por la edad y su estado de salud, se les torna imposible obtener los recursos económicos necesarios para su sustento y el de su familia;
VISTA:
ARTICULO PRIMERO: Se concede una pensión del Estado a favor del señor Ramón Rosario Rodríguez, por la suma de RD $5,000.00 (Cinco Mil Pesos con 00/100) mensuales.
ARTICULO SEGUNDO: Dicha Pensión será pagada con Cargo al Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de
DADA....
MOCIÓN PRESENTADA POR:
Vice-Presidente y
Rep. Prov. San Juan
FADVA/wb