CONSEJO ESTATAL DEL AZUCAR CEA

I.UGII~R: BATEY BIENVENIDO C:C-;,,!:Q025735

CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE TERRENOS


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.E N .:r R E: De una parte, el INGENIO RÍO HAINA, institución autónoma del Estcldo Dominicano, organizada y existente de conformidad con la Ley No. 7, de 1¡:~cha 19 del mes de agosto del año 1966, debidamente representado por el Director Ejecutivo, ING. VICTOR MANUEL BAEZ, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001­016(;750-9, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, quien actl.:la en virtud del Poder No.7-03, que le fuere otorgado por el Presidente de la /::epública, en fecha 14 de Enero del año 2003, que en lo que sigue del pre:::ente contrato se denominará EL INGENIO; Y de la otra parte, el señor JUI':I,N ISIDRO GRULLON GARCIA, dominicano, mayor de edad, Soltero, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.001-0803182-4, domiciliado y n::sidente en la Manz. 3ra No.15, Recs. Popular, Herrera, de esta ciudad de Santo Domingo, quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL ¡COMPRADOR.

PREÁMBULO


 


                       

CONSIDERANDO: Que en fecha 31 de Julio del 2002, contenida en el Acta No,33, la Comisión de Ventas adoptó la Resolución No.37, recomendando la

vEnta de terrenos a favor de EL COMPRADOR.

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C:ON !;IDERANDO: Que la citada Resolución fue debidamente presentada al c:onodmiento y decisión del Consejo de Directores, la cual autoriza al C.E.A., a ~;olici'[ar al Poder Ejecutivo, el Poder Especial para la transferencia y venta de una porción de terreno a favor de EL COMPRADOR, mediante la Tercera Rescdución, contenida en el Acta No.1210, de fecha 07 de Noviembre del :WO:?

l:or,ISIDERANDO: Que en fecha 26 de Octubre del 2000, contenida en el Actél No.2, la Comisión de Ventas mediante la Resolución No.8, otorgó ':acu'ltad legal al Director de Inmobiliaria a realizar un descuento por saldar el valor' total del terreno de un cinco a un diez por ciento (5% a un 10%).

COI'IISIDERANDO: Que la citada Resolución fue debidamente presentada al concdmiento y decisión del Consejo de Directores, la cual fue ratificada mediante la ResoluCión No.l, contenida en el Acta No.1189, de fecha 31 de Octubre del 2000.

POII:I~ TANTO: Este preámbulo que antecede forma parte íntegra del presente contrato:

SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE

PRIMERO: EL INGENIO VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías ordinarias de derecho, a favor de EL COMPRADOR, quien acepta, el ~;iguiente inmueble:

(1,1)00.12) metros cuadrados,


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rJo.2;~ (Parte) D.C. No.31, del Distrito Nacional, Lugar Batey Bienvenido, con I:::>s siguientes linderos:

Al Ncrte: Resto de la Parcela No. 22 Al E!;te: Camino a la Carretera

¡~I Su r : Camino a La Antena de pío Al O::~ste: Resto de la Parcela No.22

SE<::ILJNDO: EL INGENIO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble Jbjel:o de la presente venta, en virtud del Certificado de Título No.61-2416, je fecha dos (02) de marzo del año 1961, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, correspondiente al inmueble de que se trata.


 


                       

                       

TEI;ii:'CERO: El precio convenido y pactado para la presente operación de compra-venta de terreno, es de OCHENTA MIL NUEVE PESOS ORO DOI',HNICANOS CON 60/100 (RD$80,009.60), o sea, a razón de OCli'IIENTA PESOS ORO DOMINICANOS CON 00/100 (RD$80.00) el metro cuadrado, aplicando a dicho valor un diez por ciento (10%) de De!:;cuento, lo que hace ~n valor de SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CU,IICUENTA y OCHO PESOS ORO DOMINICANOS CON 64/100 (RI:I$72,9S8.64), suma esta que fue pagada por EL COMPRADOR, en dim!ro en efectivo, mediante comprobantes de Caja y Banco Nos. 2002-33575 y 2U03-03910, de fechas 31-10-2002 y 29-01-2003, valor que declara haber recibido EL INGENIO en su entera satisfacción, razón por la cual éste Acto

sirve a EL COMPRADOR como recibo de finiquito y descargo lega

suri"la.

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I)ARRAFO: El precio de OCHENTA PESOS ORO DOMINICANOS CON 00/ :1.00 (RD$80.00) por metros cuadrados, fue establecido tomando en consideración las tasaciones hechas por la Dirección General del Catastro j\Jacional, de fecha dieciséis (16) de abril del 2002 y una firma de tasadores privados, mediante avalúo de fecha ocho (8) de julio del 2002.

C:UJ!~II,RTO: El presente contrato, después de suscrito entre las partes, si proCi=de, deberá ser sometido al Congreso Nacional, a través de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, para su aprobación definitiva.

QU:,I:NTO: Para lo no previsto en este contrato, las partes se acogen a las disl:'l)siciones legales que rigen los contratos de compra y ventas de inmuebles.

SEJI:TO: Para los fines y consecuencias legales del presente contrato, las panes eligen su domicilio del siguiente modo: EL INGENIO, en el edificio del Consejo Estatal del Azúcar (C.E.A.), en el Centro de los Héroes de Santo Domingo; y EL COMPRADOR en la dirección indicada en el inicio de este contrato.


 


                       

HECHO Y FIRMADO en cuatro (4) originales, de un mismo tenor y efecto, um> para cada una de las partes, y otra para se depositado ante el Registro de Títulos correspondiente, y así se han distribuido, a los Doce (12) días del

me!; de Diciembre del año Dos Mil Tres (2003).

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!Dw. dMatía ff. Cai!~o Jl

                  YO, _________________________________________________ " Notario Público de los

del l\Júmero del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mí COrT'II,Jarecieron, libre y voluntariamente, los señores ING. VICTOR MANUEL BAI::Z y JUA ISISRO GRULLON GARCIA, de generales que constan más arriba, quienes me declararon bajo la fé del juramento que las firmas que apcl r'ecen al pie de este contrato, son las mismas que acostumbran usar en todos los actos de sus vidas, por lo que debe dárseles a las mismas entera fé y cl'éd ito.

 


POR EL COMPRADOR:


 


                       

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dorninicana, a los Doce (12) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Tres (2003).

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